viernes, 25 de mayo de 2012

Bolsa de Empleo: Oficial de 1.ª de Oficios en la provincia de Soria.

Constitución de la bolsa de empleo de personal laboral temporal de la categoría profesional de Oficial de 1.ª de Oficios, en el ámbito de la provincia de Soria, conforme a las siguientes:
BASES
Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto constituir la bolsa de empleo en la provincia de Soria de la categoría profesional de Oficial de 1.ª de Oficios con la finalidad de seleccionar personal laboral de esta categoría para la prestación de servicios de carácter temporal en centros dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en ese ámbito provincial.
Constitución de la bolsa de empleo. 1.– La bolsa de empleo se constituirá con aquellos aspirantes que declaren reunir los requisitos establecidos en la base tercera y presenten la solicitud de admisión de conformidad con lo establecido en la base sexta de la presente convocatoria.
2.– El orden de prelación vendrá determinado por la calificación obtenida en la prueba de carácter no eliminatorio que se convoque al efecto. En caso de empate, éste se resolverá conforme al orden de actuación de los aspirantes, el cual se iniciará por aquéllos cuyo apellido comience por la letra «Y», continuándose sucesivamente por orden alfabético, de conformidad con lo establecido en la Orden ADM/582/2011, de 29 de abril, por la que se publica el resultado del sorteo celebrado al efecto.
3.– La no presentación a la prueba que se convoque supone la exclusión definitiva de la bolsa de empleo que se constituya.
Requisitos de los aspirantes. 1.– Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.
2) Tener cumplidos los dieciséis años de edad, con las limitaciones que establece la legislación laboral, y la normativa reguladora de la prevención de riesgos laborales en lo relativo al trabajo de los menores de edad en actividades que entrañen riesgos específicos.
3) Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones propias de la categoría que se solicita.
4) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, ni pertenecer a la misma categoría profesional o especialidad de la presente convocatoria.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
5) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller (B.U.P. o Superior), Formación Profesional de Grado Superior, o equivalente, o poseer la categoría profesional reconocida en su caso.
A estos efectos se entiende por categoría profesional reconocida la que, con un contenido funcional equivalente al especificado en el Convenio colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta, haya sido desempeñada en la empresa en que se alegue que se ha ostentado por un período igual o superior a un mes, que es el establecido como período de prueba.
Formalización de la solicitud. 1.– La solicitud de participación se dirigirá a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de Soria, órgano gestor del procedimiento, y se presentará en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que se relacionan en el Anexo I conforme al modelo que figura en el Anexo II, siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anexo III de la presente convocatoria.
2.– Las solicitudes se presentarán en los lugares arriba indicados en el plazo de siete días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León» [BOCYL Núm. 98 Jueves, 24 de mayo de 2012] {del 25 al 31 de mayo de 2012, a.i.} y se podrá efectuar por cualquiera de las dos formas siguientes:
a) Presencialmente, en soporte de papel, en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo I, así como en los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para facilitar la cumplimentación de la solicitud se podrá utilizar el formulario que aparece en la página web (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
b) Telemáticamente. Las solicitudes podrán presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, utilizando la aplicación informática (código 712).

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