viernes, 25 de enero de 2013

bolsa de profesores especialistas para los ciclos formativos de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico y de Mantenimiento de Aviónica adaptados a la normativa de la Agencia Europea de Seguridad Aérea-EASA-.

Bases
Primera.- Objeto de la convocatoria
. 1.
El objeto de esta convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo relativa a la enseñanza de los módulos del plan de estudios experimental que compatibiliza los ciclos formativos de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico y de Mantenimiento de Aviónica, y de las enseñanzas de los módulos EASA correspondientes a las licencias de mantenimiento de aeronaves B1.3 y B2 que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución. En ese Anexo se indica, asimismo, la jornada semanal de los citados puestos.
Segunda.- Participantes y requisitos. Para ser admitidos a este procedimiento, los aspirantes deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos generales y específicos siguientes:
1. Requisitos generales.
A)
Ser español, o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años, o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
B) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
C) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de funciones correspondientes al puesto al que se opta.
D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2. Requisitos específicos. Los de titulación y de experiencia relacionados en el Anexo II de esta Resolución. Todos los requisitos para poder participar en la bolsa deben poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión o la formalización del contrato.
Tercera.- Solicitudes. 1. Las solicitudes de participación se harán mediante instancia ajustada al modelo que aparece como Anexo III a esta convocatoria.
2. Estas solicitudes se dirigirán al Coordinador Provincial del Servicio Periférico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en Albacete (Avda. de la Estación, 2. 02001 Albacete), y podrán presentarse en alguno de los servicios Periféricos de esta Consejería o en cualquiera de las dependencias a que alude el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser
certificada.
Asimismo estas solicitudes podrán realizarse por envío telemático a través del formulario incluido en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [portal de Educación (www.educa.jccm.es).]
3. Juntamente con esta solicitud, los aspirantes deberán presentar original o fotocopia de:
- El título que se aporte para participar en la presente convocatoria.
- La documentación que acredite su experiencia profesional: certificación de la empresa en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha desarrollado dicha actividad, o informe de la vida laboral donde conste la empresa, la categoría laboral y el período de contratación.
También se podrá acreditar por cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
- La titulación académica alegada como méritos.
- Cualquier documento que se considere de interés para una mejor valoración de sus méritos y competencia profesional.
4. Solamente se tendrán en cuenta aquellos méritos establecidos en esta convocatoria que se justifiquen debidamente durante el plazo de presentación de solicitudes.
Cuarta.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación que a las mismas se adjunte será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. [AÑO XXXII Núm. 15 22 de enero de 2013]  {del 23 de enero al 1 de febrero de 2013,a.i.}
Anexo II
A. Formación básica.
a.1.
Ingeniero aeronáutico o ingeniero técnico aeronáutico con experiencia real en mantenimiento de aeronaves.
a.2. Técnico de mantenimiento de aeronaves (TMA o LMA) con licencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y experiencia real en mantenimiento de aeronaves.
a.3. Personal titulado en Física, Ingeniería Industrial o Ingeniería Técnica Industrial con experiencia real en mantenimiento de aeronaves o componentes de aeronaves.
a.4. Titulados de FPII de ramas industriales (automoción, metal, electricidad, electrónica, telecomunicaciones), Técnico Superior de Mantenimiento Aeromecánico, Técnico Superior de Mantenimiento de Aviónica o Técnico Superior de Automoción, en todos los casos con experiencia en mantenimiento real de aeronaves.
B. Experiencia. Como requisito indispensable, los candidatos deben acreditar experiencia real en mantenimiento de aeronaves.
Esta experiencia se refiere a la formación específica y a la experiencia laboral adquirida desempeñando labores en el área correspondiente a la materia a impartir.
1.1. Ingeniero aeronáutico o ingeniero técnico aeronáutico: al menos 3 años de experiencia en mantenimiento de aeronaves.
1.2. Técnico de Mantenimiento de aeronaves (TMA o LMA) con licencia EASA: al menos 5 años de experiencia en mantenimiento de aeronaves.
1.3. Personal titulado en Física, Ingeniería Industrial o Ingeniería Técnica Industrial: al menos 5 años de experiencia en mantenimiento de aeronaves.
1.4. FPII de ramas industriales (automoción, metal, electricidad, electrónica, telecomunicaciones), Técnico Superior de Mantenimiento Aeromecánico, Técnico Superior de Mantenimiento de Aviónica o Técnico Superior de Automoción: al menos 5 años de experiencia en mantenimiento de aeronaves.
Además de la experiencia real en mantenimiento de aeronaves, los candidatos pueden acreditar experiencia docente en aeromecánica y/o aviónica, siendo el período mínimo el correspondiente a 1 año de docencia.

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