AYUNTAMIENTO ALCOY./Alcoi. [butlletí oficial de la província - alacant, 22 agost 2013 - n.º 159]
-CONVOCATORIA INSPECTOR POLICÍA LOCAL pàgina 3
-CONVOCATORIA INTENDENTE PRINCIPAL POLICÍA LOCAL pàgina 7
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-CONVOCATORIA INTENDENTE PRINCIPAL POLICÍA LOCAL pàgina 7
Boletín Nº 159 del 22/08/2013 (pdf) -----------------------
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR DOS (2) PLAZAS DE INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL, DE LAS CUALES UNA (1) DEL TURNO LIBRE ORDINARIO POR OPOSICIÓN LIBRE (CÓDIGO 1201903) Y UNA (1) POR CONCURSO-OPOSICIÓN DE PROMOCIÓN INTERNA (1201901).
PRELIMINAR.
La Convocatoria que regula las presentes bases queda sujeta también a lo determinado en las Bases Genéricas del Ayuntamiento de Alcoy, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, núm. 291, el día 21 de diciembre de 2006. ...
PRELIMINAR.
La Convocatoria que regula las presentes bases queda sujeta también a lo determinado en las Bases Genéricas del Ayuntamiento de Alcoy, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, núm. 291, el día 21 de diciembre de 2006. ...
BASE PRIMERA. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria cubrir, como funcionarios de carrera, las plazas que figuran en el encabezado, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala servicios especiales, clase Policía Local y categoría técnica, perteneciente al grupo A2 de titulación.
Las plazas objeto de convocatoria están previstas en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2013.
El sistema de selección de los aspirantes será el de una plaza por oposición libre y una plaza por concurso-oposición de promoción interna. En caso de que no se cubra la plaza reservada a promoción interna, se acumulara al turno libre.
BASE SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos que se indican en las bases genéricas y los siguientes:
Turno libre:
a) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias; la equivalencia deberá ser reconocida por la administración competente y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes.
b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombre y de 1,60 para las mujeres.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico alguno que le impida el normal ejercicio de las funciones propias de su escala y categoría, de conformidad con el cuadro de exclusiones médicas establecido en las presentes bases.
d) Tener cumplidos dieciocho años y faltar al menos 10 años para la edad de jubilación forzosa.
e) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B, incluido el BTP, y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 KW/KG
Turno de promoción interna:
a) ...
BASE TERCERA. Presentación de instancias y documentación anexa. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
A las instancias se acompañará además y de forma obligatoria los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado los derechos de examen, por importe de 47,41 €.
b) Originales o fotocopias compulsadas de los méritos que se tengan que valorar en la fase de concurso, si procede.
Además, en el momento de la solicitud, los aspirantes deberán aportar declaración expresa y formal de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de
presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fueran seleccionados.
Los meros errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte.
No será subsanable la presentación extemporánea de la solicitud y la falta de pago total o parcial de la tasa.
Las plazas objeto de convocatoria están previstas en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2013.
El sistema de selección de los aspirantes será el de una plaza por oposición libre y una plaza por concurso-oposición de promoción interna. En caso de que no se cubra la plaza reservada a promoción interna, se acumulara al turno libre.
BASE SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos que se indican en las bases genéricas y los siguientes:
Turno libre:
a) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias; la equivalencia deberá ser reconocida por la administración competente y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes.
b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombre y de 1,60 para las mujeres.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico alguno que le impida el normal ejercicio de las funciones propias de su escala y categoría, de conformidad con el cuadro de exclusiones médicas establecido en las presentes bases.
d) Tener cumplidos dieciocho años y faltar al menos 10 años para la edad de jubilación forzosa.
e) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B, incluido el BTP, y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 KW/KG
Turno de promoción interna:
a) ...
BASE TERCERA. Presentación de instancias y documentación anexa. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
A las instancias se acompañará además y de forma obligatoria los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado los derechos de examen, por importe de 47,41 €.
b) Originales o fotocopias compulsadas de los méritos que se tengan que valorar en la fase de concurso, si procede.
Además, en el momento de la solicitud, los aspirantes deberán aportar declaración expresa y formal de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de
presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fueran seleccionados.
Los meros errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte.
No será subsanable la presentación extemporánea de la solicitud y la falta de pago total o parcial de la tasa.
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BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA (1) PLAZA DE INTENDENTE PRINCIPAL DE LA POLICÍA LOCAL, POR CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE (CÓDIGO 1101701).
PRELIMINAR. La Convocatoria que regula las presentes bases queda sujeta también a lo determinado en las Bases Genéricas del Ayuntamiento de Alcoy, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, núm. 291, el día 21 de diciembre de 2006. ...
PRELIMINAR. La Convocatoria que regula las presentes bases queda sujeta también a lo determinado en las Bases Genéricas del Ayuntamiento de Alcoy, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, núm. 291, el día 21 de diciembre de 2006. ...
BASE 1ª. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de la plaza que figura en el encabezado, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala servicios especiales, clase Policía Local y escala y categoría superior (Intendente Principal), perteneciente al grupo A1 de titulación.
La plaza objeto de convocatoria está prevista en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2013.
BASE 2ª. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos que se indican en las bases genéricas y los siguientes:
a) Estar en posesión del título de Licenciado/a, o equivalente, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. En referencia a las equivalencias académicas, estas deberán estar refrendadas por el Ministerio de Educación.
b) Tener, al menos, diez años menos de la edad establecida para la jubilación.
c) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y BTP, con dos años de antigüedad, y A1 y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso superior a 0,16 KW/Kg.
La plaza objeto de convocatoria está prevista en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2013.
BASE 2ª. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos que se indican en las bases genéricas y los siguientes:
a) Estar en posesión del título de Licenciado/a, o equivalente, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. En referencia a las equivalencias académicas, estas deberán estar refrendadas por el Ministerio de Educación.
b) Tener, al menos, diez años menos de la edad establecida para la jubilación.
c) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y BTP, con dos años de antigüedad, y A1 y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso superior a 0,16 KW/Kg.
BASE 3ª. Presentación de instancias y documentación anexa. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
A las instancias se acompañará además y de forma obligatoria los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado los derechos de examen, por importe de 52,68 €, o justificante de estar exento de los mismos.
b) Originales o fotocopias compulsadas de los méritos que se tengan que valorar en la fase de concurso, si procede.
c) La Memoria Proyecto a que hace referencia el tercer ejercicio del apartado 5.2.
Además, en el momento de la solicitud, los aspirantes deberán aportar declaración expresa y formal de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fueran seleccionados.
Los meros errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte.
No será subsanable la presentación extemporánea de la solicitud y la falta de pago total o parcial de la tasa.
A las instancias se acompañará además y de forma obligatoria los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado los derechos de examen, por importe de 52,68 €, o justificante de estar exento de los mismos.
b) Originales o fotocopias compulsadas de los méritos que se tengan que valorar en la fase de concurso, si procede.
c) La Memoria Proyecto a que hace referencia el tercer ejercicio del apartado 5.2.
Además, en el momento de la solicitud, los aspirantes deberán aportar declaración expresa y formal de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fueran seleccionados.
Los meros errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte.
No será subsanable la presentación extemporánea de la solicitud y la falta de pago total o parcial de la tasa.
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