miércoles, 14 de agosto de 2013

es convoca el fons de compensació previst en el marc del Pla Eòlic de la Comunitat Valenciana per a l'exercici 2013.

 1. Objeto y ámbito. El objeto de la presente resolución es convocar para el ejercicio 2013, el fondo de compensación previsto en el marco del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana (PECV), y aprobar para dicho ejercicio la cuantía y distribución del fondo por zonas eólicas, que se recoge en el anexo I.
3. Distribución del fondo. El ingreso realizado por la empresa titular de las instalaciones eólicas, irá destinado a los municipios y mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana incluidos en el ámbito de afección de dicha zona, para la realización de las actuaciones que se relacionan en el artículo 4 de la presente resolución.
4. Actuaciones apoyables. 1. El Fondo podrá ir destinado a actuaciones de inversión de los siguientes tipos y características:
1.1.
Proyectos de mejora de infraestructuras rurales y servicios.
– Mejora en caminos rurales de acceso a montes.
– Mejora de la red viaria rural de acceso a pedanías, caseríos, alquerías y edificaciones rurales aisladas.
– Instalación de puntos de alumbrado público en viales de acceso a pedanías, caseríos, alquerías y edificaciones rurales aisladas.
– Trabajos de electrificación rural encaminados a extender la red de energía eléctrica a alquerías, granjas, instalaciones o edificaciones rurales aisladas.
– Trabajos de mejora de la red de energía eléctrica, como sustitución o ampliación de tendidos eléctricos aéreos o subterráneos, soportes, centros de transformación, elementos auxiliares de red, etc.
– Limpieza y mejora de vías pecuarias, desbroce, consolidación de afirmado, concreción de lindes, señalización, etc.
– Cualquier otro que suponga la mejora de infraestructuras rurales y servicios.
1.2. Proyectos de impulso de las energías renovables.
– Organización de campañas divulgativas, a través de trípticos, folletos u otros medios, sobre los beneficios ambientales y socioeconómicos de la implantación de instalaciones de aprovechamiento de energías renovables.
– Realización de charlas y ciclos de conferencias sobre las energías renovables.
– Organización de foros de debate y mesas redondas en centros sociales y culturales sobre las energías renovables y su papel en el futuro escenario energético.
– Organización de talleres o aulas prácticas relacionados con los dispositivos de aprovechamiento de energías renovables.
– Construcción de centros demostrativos destinados al estudio o difusión de las energías renovables.
– Promoción del conocimiento sobre energías renovables a través de concursos, premios, etc.
– Construcción y equipamiento de instalaciones de aprovechamiento de las energías renovables.
– Cualquier otro que tenga como fin el impulso de las energías renovables.
1.3. Proyectos de mejora de las condiciones socioeconómicas.
– Proyectos que incidan en la mejora del entorno social y económico.
2. Los costes elegibles que entran en el cálculo a efectos del reparto de los fondos son los siguientes:
– Las inversiones en inmovilizado: coste de mano de obra externa, ejecución material, equipos e instalaciones, IVA incluido.
– Costes de proyecto y dirección de obra, si se trata de contrataciones externas, IVA incluido.
– Costes de mano de obra propia, siempre que se encuentre vinculada exclusivamente al proyecto presentado.
3. La cantidad asignada a cada proyecto se determinará en función del presupuesto de inversión presentado por el solicitante, no pudiendo superar el 100 % de dicho presupuesto. 
5. Presentación de solicitudes y plazo 1. Las solicitudes para la obtención de los fondos deberán dirigirse al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Energía), calle Colón, núm. 1, 4.ª planta, 46004 Valencia, y se presentarán en impreso normalizado en cualesquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
5. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 15 de agosto al 14 de octubre de 2013, a.i.}

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia