lunes, 29 de junio de 2009

ayudas de la AVEN, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+) en las empresas, sector ...

Agència Valenciana de l’Energia . ORDE de 19 de juny de 2009, de la Conselleria d’Infraestructures i Transport, sobre concessió d’ajudes de l’Agència Valenciana de l’Energia, en el marc del Pla d’Acció de l’Estratègia d’Estalvi i Eficiència Energètica 2008-2012 (PAE4+) en las empreses, sector edificació, servicis públics, comunitats de regants, cogeneració i diversificació energètica per a l’exercici 2009. [2009/7585]
ORDEN de 19 de junio de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+) en las empresas, sector edificación, servicios públicos, comunidades de regantes, cogeneración y diversificación energética para el ejercicio 2009. [2009/7585]
Objeto y ámbito.- 1. El objeto de la presente orden es establecer el régimen de concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía para el ejercicio 2009 en el marco del Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+) que aprobó el Gobierno en el Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, en el que se recogen actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente.
Actuaciones apoyables.- 1. Las actuaciones objeto de ayuda se resumen en el siguiente cuadro, clasificadas por programas según el sector de actividad:
Programa --
Código -- Actuación
Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Empresa
IN11 Auditorías energéticas en la industria
IN12 Inversiones en medidas de ahorro de energía en las empresas
Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Edificación
ED31 Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes
ED32 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes
ED33 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes
ED34 Construcción de nuevos edificios con alta calificación energética
ED35 Mejora de la eficiencia energética en las instalaciones de ascensores existentes en los edificios
Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en los Servicios Públicos
SP41 Renovación de las instalaciones de alumbrado público exterior existentes
SP45 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones actuales de potabilización, abastecimiento y depuración de aguas residuales
Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en Comunidades de Regantes

AG61 Inversiones en medidas de ahorro de energía en comunidades de regantes
Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en Transformación de la Energía
TE71 Estudios de viabilidad para cogeneraciones
TE72 Auditorías energéticas en cogeneración
TE73 Inversiones en cogeneración no industrial
TE74 Fomento de plantas de cogeneración de pequeña potencia
TE75 Inversiones en cogeneración industrial
Programa de Diversificación Energética

DIVE Inversiones en diversificación energética
La descripción y particularidades de cada una de dichas actuaciones se especifican en el anexo I de la presente orden.
Beneficiarios.- 1. Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, dependiendo de lo establecido en el anexo I para cada programa y actuación apoyable. Excepcionalmente, se podrán apoyar los proyectos presentados por solicitantes que reúnan unas características distintas a las establecidas para cada caso en dicho anexo, cuando se estimen relevantes en atención a las líneas de política energética.
2. Serán consideradas PYME aquéllas que cumplan con la definición que establece la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE núm. L 124/36, de 20.05.2003).
3. La ayuda solo podrá otorgarse a empresas que no estaban en crisis el 1 de julio de 2008. Si podrá concederse a empresas que no estaban en crisis en esa fecha, pero que han empezado a estar en crisis después, como consecuencia de la crisis económica y financiera.
El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[DEL 30 DE JUNIO AL 13 DE AGOSTO, a.i.]

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