[2009/6203]
ORDEN de 27 de mayo de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la convocatoria y las bases que habrán de regir la adjudicación de plazas de participación en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo y mujeres en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2009. [2009/6203]
La presente orden establece la convocatoria, así como las bases reguladoras destinadas a la concesión de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres y sus hijas/os, exclusivamente a su cargo, y mujeres con riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2009.
Aprobar las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como anexo I de la presente orden, y el modelo de solicitud que se acompaña como anexo II.
Aprobar las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como anexo I de la presente orden, y el modelo de solicitud que se acompaña como anexo II.
Objeto.- Las presentes bases regirán el proceso de selección, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las ayudas consistentes en la adjudicación de las plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o con hijas/os, exclusivamente a su cargo, y mujeres en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana.
Beneficiarias.- 1. Podrán ser solicitantes y beneficiarias, las mujeres que cumplan
los siguientes requisitos:
1.1. Ser residente en la Comunitat Valenciana.
1.2. En el caso ser residentes no comunitarias, disponer de permiso de residencia.
1.3. Ser mujeres solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo y encontrarse en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, tales como:
a) Mujeres residentes en Centros de Servicios Sociales Especializados Mujer dependientes de la Conselleria de Bienestar Social, gestionados a través de la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad.
b) Mujeres que acrediten ser o haber sido víctimas de violencia de género.
c) Mujeres que acrediten carencia de estabilidad social.
d) Mujeres que acrediten ser desempleadas de larga duración.
1.4. Que la renta del conjunto de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional.
1.5. No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
2. También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios las hijas/os de las mujeres seleccionadas, que sean menores de catorce años, pudiéndose ampliar la edad en supuestos excepcionales y debidamente justificados. 3. En todo caso se exigen los siguientes requisitos tanto para las beneficiarias, como para sus hijas/os:
a) Ser residente en la Comunitat Valenciana.
b) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
Contenido de la convocatoria.- 1. La convocatoria consistirá en adjudicar plazas, entre las mujeres beneficiarias y sus hijas/os que les acompañen, en establecimientos hoteleros que previamente hayan sido objeto de contratación por parte de la Conselleria de Bienestar Social.
2. El programa incluye la contratación de las plazas, las/os monitoras/ es especializadas/os, así como los servicios que las estancias comprenden: el transporte, el alojamiento, la pensión completa, el seguro de viajes y las actividades complementarias.
3. El período de duración de la estancia será de diez días, preferiblemente a realizar entre los meses de julio y septiembre y siempre antes del 30 de noviembre de 2009.
Solicitud, plazo y lugar de presentación: 1. Solicitudes: La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figura como anexo II a la presente orden.
2. Plazo presentación: Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 2 al 17 de juny, a.i.]
Beneficiarias.- 1. Podrán ser solicitantes y beneficiarias, las mujeres que cumplan
los siguientes requisitos:
1.1. Ser residente en la Comunitat Valenciana.
1.2. En el caso ser residentes no comunitarias, disponer de permiso de residencia.
1.3. Ser mujeres solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo y encontrarse en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, tales como:
a) Mujeres residentes en Centros de Servicios Sociales Especializados Mujer dependientes de la Conselleria de Bienestar Social, gestionados a través de la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad.
b) Mujeres que acrediten ser o haber sido víctimas de violencia de género.
c) Mujeres que acrediten carencia de estabilidad social.
d) Mujeres que acrediten ser desempleadas de larga duración.
1.4. Que la renta del conjunto de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional.
1.5. No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
2. También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios las hijas/os de las mujeres seleccionadas, que sean menores de catorce años, pudiéndose ampliar la edad en supuestos excepcionales y debidamente justificados. 3. En todo caso se exigen los siguientes requisitos tanto para las beneficiarias, como para sus hijas/os:
a) Ser residente en la Comunitat Valenciana.
b) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
Contenido de la convocatoria.- 1. La convocatoria consistirá en adjudicar plazas, entre las mujeres beneficiarias y sus hijas/os que les acompañen, en establecimientos hoteleros que previamente hayan sido objeto de contratación por parte de la Conselleria de Bienestar Social.
2. El programa incluye la contratación de las plazas, las/os monitoras/ es especializadas/os, así como los servicios que las estancias comprenden: el transporte, el alojamiento, la pensión completa, el seguro de viajes y las actividades complementarias.
3. El período de duración de la estancia será de diez días, preferiblemente a realizar entre los meses de julio y septiembre y siempre antes del 30 de noviembre de 2009.
Solicitud, plazo y lugar de presentación: 1. Solicitudes: La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figura como anexo II a la presente orden.
2. Plazo presentación: Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 2 al 17 de juny, a.i.]
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