viernes, 16 de marzo de 2012

448 de ATS/DUE (plazas de personal estatutario de la categoría) del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
Resolución de 13 de marzo de 2012, del Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso oposición para el acceso a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS/DUE del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Primero.—Convocar proceso selectivo para el acceso, a través del sistema de concurso oposición, a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS /DUE del Servicio de Salud del Principado de Asturias, de acuerdo con siguiente distribución:
a) 224 plazas para el turno de acceso libre.
b) 224 plazas para el turno de promoción.
Segundo.—Aprobar las bases que regirán la presente convocatoria y que se detallan en el anexo I, así como el modelo normalizado de solicitud que figura en el anexo IV.
Anexo I
BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO
Primera.—Normas Generales. 1.1. Las pruebas selectivas se regirán por las presentes bases de convocatoria; la Ley 55/2003, de 16 de diciembre (BOE n.º 301 de 17 de diciembre), por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, por el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, por el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social; la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como por los Acuerdos de Consejo de Gobierno de 27 de febrero y de 20 de noviembre de 2008, y por el Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Leyes de Tasas y de Precios Públicos, y demás normas que resulten de aplicación al personal estatutario adscrito al Servicio de Salud de la Administración del Principado de Asturias.
1.2. Los aspirantes sólo podrán participar a través de uno de los turnos de acceso señalados: Turno libre o turno de promoción interna. La opción por el turno de acceso deberá formularse en la correspondiente solicitud de participación en la convocatoria, en el espacio habilitado al efecto. Los aspirantes que participen por el turno libre, o en su caso por el turno de promoción interna, no podrán participar por el turno específico de discapacidad que será convocado separadamente.
1.3. Las plazas convocadas por el turno de promoción interna serán declaradas desiertas como consecuencia de la ausencia de solicitudes o de personas inscritas que no cumplan con los requisitos de acceso, en cuyo caso resultarán acumuladas automáticamente a las convocadas por el turno libre. Asimismo, las plazas que no se provean por el sistema de promoción interna como consecuencia de la ausencia de personas aprobadas en el proceso, se acumularán igualmente al turno libre.
1.4. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo III de la presente Resolución.
1.5. Esta convocatoria y sus bases vinculan a la Administración Pública, al Tribunal encargado de juzgar las pruebas y a quienes participen en las mismas.
Segunda.—Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Tener cumplidos 18 años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa legalmente establecida.
b) Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
c) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario en Enfermería o Ayudante Técnico Sanitario, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio competente por razón de la materia.
En cualquier caso dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio competente por razón de la materia.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En caso de nacionales de otros Estados miembros mencionados en el párrafo b), no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria de alguna de sus Administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE, como personal estatutario fijo en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, cualquiera que sea su situación administrativa.
g) A Abonar la tasa de inscripción en cuantía de 28 euros, dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido.
Tercera.—Documentación a presentar, plazos y modos de presentación. 3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo, deberán ineludiblemente cumplimentar sus solicitudes mediante el acceso a la página http://selección.sespa.princast.es
La página http://selecccion.sespa.princast.es, es compatible con los navegadores Firefox, chrone y Explorer (ver >=6Y y el PC desde el que se accede ha de tener instalado el “Adobe Reader (ver >=6).
Tras proceder a la cumplimentación completa de la solicitud en la Web, el interesado imprimirá la solicitud por duplicado, siendo en todo caso imprescindible la firma del aspirante. Uno de los ejemplares será para su presentación en la Administración y el segundo ejemplar quedará en poder del interesado una vez sellado y registrado por la oficina pública donde se presente la solicitud.
Serán desestimadas, sin más trámite, las solicitudes que contengan alguna enmienda, marca o tachadura, aún cuando se encuentren salvadas bajo firma.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes los interesados no pudieran cumplimentar la solicitud a través del acceso a la correspondiente Web, por no estar en funcionamiento el programa informático establecido al efecto, el Servicio de Salud del Principado de Asturias habilitará modelos de solicitudes que estarán a disposición de los interesados en las dependencias cuya ubicación se especifique.
3.2.El plazo para la presentación de la solicitud será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. [BOPA - núm. 62 de 15-III-2012] {del 16 de marzo al 16* de abril de 2012,a.i.}
3.3. Lugares de presentación.—La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro de los servicios centrales del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en los registros de las Gerencias de Área correspondientes, así como en cualquiera de los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
Las solicitudes suscritas en el extranjero se cursarán a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente a la Dirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud del Principado de Asturias,plaza del Carbayón 1 y 2 33001 Oviedo, Asturias. A las mismas se deberá acompañar el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente que se especifica en la convocatoria.
3.4. Una vez presentada la solicitud no será posible modificar los datos contenidos en ella o presentar una nueva solicitud para el acceso al proceso selectivo de la misma plaza. Cualquier corrección o modificación que se desee realizar deberá efectuarse mediante escrito motivado dirigido a la Dirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud del Principado de Asturias, dentro del plazo establecido para la presentación de la solicitud.
3.5. El domicilio que figura en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio.
3.6. Derechos de examen.—Los derechos de examen para participar en el proceso selectivo serán de 28 euros y se ingresaran en la C.C.C 2048 0001 713400011922, y código IBAN (código internacional para cuentas bancarias) ES62 2048 0001 713400011922, abierta a nombre del Servicio de Salud del Principado de Asturias en la Entidad Financiera Cajastur (LIBERBANK).

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