viernes, 23 de marzo de 2012

bolsas extraordinarias de personal funcionario interino del cuerpo ayudante facultativo y del cuerpo de auxiliar facultativo.(concurso) Illes Balears.

Resolución del consejero de Administraciones Públicas de 2 de marzo de 2012 por la que se convoca un concurso para constituir unas bolsas extraordinarias para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo de ayudantes facultativos y del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. En el Boletín Oficial de las Illes Balears de 30 de mayo de 2009 se publicó el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Resolución
1. Aprobar la convocatoria de un concurso para constituir unas bolsas extraordinarias de personal funcionario interino del cuerpo ayudante facultativo y del cuerpo de auxiliar facultativo, que se indican a continuación:
- Cuerpo Ayudante Facultativo
-Escala socioeducativa, especialidad educador infantil, en las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza y Formentera
- Cuerpo Auxiliar Facultativo,
-Escala de infraestructuras con titulación de formación profesional de grado medio, técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones de barco, en la isla de Mallorca.
-Escala de mecánica y conducción, en la isla de Mallorca.
2. Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, que se adjuntan como anexo 1 de esta Resolución, de acuerdo con el baremo de méritos que se especifica en el anexo 2.
ANEXO 1 - Bases de la convocatoria
1. Normas generales. 1.1. El objeto de estas bases es regular la convocatoria de bolsas extraordinarias del cuerpo ayudante facultativo y del cuerpo auxiliar facultativo, que se indican a continuación:
- Cuerpo Ayudante Facultativo
-Escala socioeducativa, especialidad educador infantil, en las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza.
- Cuerpo Auxiliar Facultativo,
-Escala de infraestructuras con titulación de formación profesional de grado medio, técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones de barco, en la isla de Mallorca.
-Escala de mecánica y conducción, en la isla de Mallorca.
1.2. La selección de las personas aspirantes se efectuará mediante un concurso, que consistirá en la valoración de los méritos enumerados en el anexo 2 de esta convocatoria.
3. Requisitos y condiciones de las personas aspirantes. Para participar en esta convocatoria, las personas interesadas ??deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes, de los cuales deben estar en posesión durante todo el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española o alguna otra nacionalidad en los casos que, de acuerdo con el artículo 57 del EBEP, se permita el acceso al empleo público. En este último caso, las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y de su origen no se desprenda el conocimiento de la lengua castellana, deberán acreditar el conocimiento mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado por Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedido por las escuelas oficiales de idiomas, o mediante la acreditación que están en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que poseen el nivel adecuado de comprensión, de expresión oral y escrita en esta lengua, de conformidad con la base 8.
b) Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de nacionales de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
d) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal en la forma que establece la base 4.4 e. de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 14/1998, de 23 de diciembre, de diversas medidas tributarias y administrativas, quedarán exentas del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%.
e) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponde la bolsa específica a la que optan.
f) Estar en posesión del título académico o nivel de titulación exigidos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, deberá aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Los títulos exigidos son los siguientes
- Cuerpo Ayudante Facultativo, escala socioeducativa, especialidad educador infantil:
-Título formación profesional de grado superior en educación infantil, jardines de infancia o equivalente.
- Cuerpo Auxiliar Facultativo, escala de infraestructuras:
-Título de formación profesional de grado medio, especialidad técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones de buque o equivalente.
- Cuerpo de auxiliar facultativo, escala de mecánica y conducción,
-Título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente y carnet de conducir BTP.
Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, deberá presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1665/1992 y otras normas de transposición y desarrollo.
g) Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 114/2008. Estos conocimientos deben ser acreditados mediante la aportación del certificado oficial correspondiente, expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por el órgano competente de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
Para las bolsas del Cuerpo Ayudante Facultativo el certificado B2 o equivalente
Para las bolsas del cuerpo auxiliar facultativo, el certificado A2 o equivalente
Las personas aspirantes que no acrediten el nivel requerido pueden participar en la prueba previa del nivel correspondiente de conocimientos de lengua catalana a que hace referencia la base 8.
4. Solicitudes. 4.1. Las personas interesadas en participar en el concurso presentarán una solicitud para cada una de las bolsas y para cada una de las islas donde quieran prestar servicios.
Los impresos de solicitud para participar en la convocatoria están a disposición de las personas interesadas en la EBAP, en todas las consejerías, en los consejos insulares de Menorca, de Eivissa y de Formentera, y la dirección de Internet http: / / www.caib.es.
Se recomienda rellenar la solicitud por Internet, a efectos de agilizar la gestión, de acuerdo con las instrucciones siguientes:
- La web http://oposicions.caib.es ofrece la posibilidad de rellenar y de imprimir las solicitudes por Internet.
- La persona interesada tiene que rellenar el formulario con los datos correspondientes en cada apartado, siguiendo las instrucciones que se indican.
- El sistema comprobará la coherencia de los datos introducidos indicando los errores en relación con la convocatoria correspondiente.
- La solicitud cumplimentada deberá imprimirse y presentarse en el registro público pertinente en la forma indicada en los apartados 4.3 y 4.5 de esta base.
- Asimismo, se puede rellenar el documento de ingreso para el pago de la tasa de servicios de selección del personal en la web http://oposicions.caib.es.
La aplicación mostrará el modelo correspondiente a la liquidación de la tasa y la persona interesada tiene que rellenar el formulario con los datos de la operación que se le pida.
- A continuación, la persona usuaria puede imprimir el documento y efectuar el pago en una de las entidades colaboradoras que figuran en el modelo, o hacer el pago telemático, mediante la banca electrónica, siempre que la persona interesada tenga una cuenta operativa por vía telemática en alguna de las entidades bancarias cuyos anagramas aparecen en la pantalla. La aplicación indicará también la forma de llevar a cabo este pago electrónico. Una vez que el pago se haya efectuado correctamente, se incorporará en el modelo del documento de ingreso el justificante del pago efectuado.
- En todo caso, el justificante del pago de la tasa debe adjuntarse a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.
4.2. Las personas aspirantes deberán declarar que tienen las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponde la bolsa específica a la que optan.
4.3. Las solicitudes y el resto de documentación se presentarán en el registro de la EBAP, de la Consejería de Administraciones Públicas o en alguna otra de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
4.4. El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. [BOIB Num. 40 17-03-2012] {del 18 de marzo al 4 de abril de 2012,a.i.}

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