1. Objeto. El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria del año 2014 para la concesión de ayudas destinadas a financiar los contratos de personal investigador en formación «Severo Ochoa», que desempeñarán sus actividades de investigación en los Centros/Unidades de Excelencia acreditados en las convocatorias de Apoyo a Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa» correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013.
Estas ayudas se incluyen entre las actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, en coordinación con el Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, y las actuaciones de Apoyo a Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa».
2. Finalidad. Las ayudas objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad la formación de doctores en los Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa» acreditados. Se financiarán contratos laborales, bajo la modalidad de contrato predoctoral, de investigadores en formación para la realización de una tesis doctoral asociada a una de las líneas de investigación de las incluidas en el programa de investigación del Centro/Unidad de Excelencia «Severo Ochoa, que fue aprobado en la convocatoria en la que fueron acreditados como tales.
A su vez, las ayudas tienen por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación postdoctoral (en adelante POP) de un año de duración, de aquellos doctorados que obtengan el título de doctor con antelación al inicio de la última anualidad de la ayuda.
Así mismo, se autorizará una cantidad suplementaria para realizar actividades que refuercen la especialización e internacionalización de los investigadores predoctorales en formación, y les permita adquirir nuevas técnicas, compartir conocimientos y todo ello, además, impulse el desarrollo de sus tesis, mediante la realización de estancias, durante el periodo de formación predoctoral, por parte del personal investigador en formación en Centros de I+D, incluidas empresas, diferentes a los que estén adscritos, y principalmente extranjeros.
Además, incluyen una cantidad complementaria para la matriculación de los contratados en las enseñanzas de doctorado.
4. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades que, en el momento de la publicación de esta resolución, sean beneficiarias de ayudas concedidas en régimen de concurrencia competitiva, en virtud de las siguientes convocatorias:
a) Orden CIN/936/2011, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas y de la acreditación de Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa» del Subprograma de Apoyo a Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa» en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento Institucional del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2011 (en adelante, convocatoria 2011).
b) Resolución de 9 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación por la que se aprueba la convocatoria para el año 2012 del procedimiento de concesión de las ayudas públicas y de las acreditaciones de Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa» del Subprograma de Apoyo a Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa», en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento Institucional del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, prorrogado por Acuerdo del Consejo de Ministros de siete de octubre de 2011 (en adelante, convocatoria 2012).
c) Resolución de 22 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 del procedimiento de concesión de ayudas para contratos predoctorales «Severo Ochoa» para la formación de doctores en los Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa», del Subprograma Estatal de Formación en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 (en adelante, convocatoria 2013).
6. Requisitos de los candidatos. 1. Podrán ser candidatos a obtener un contrato predoctoral todas aquellas personas que estén matriculados o hayan sido admitidos en un programa de doctorado para el curso 2014/2015. El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse hasta el 3 de noviembre de 2014.
7. Actividades objeto de ayuda. Plazo de ejecución. 1. Las ayudas tendrán una duración de cuatro años, y comenzarán a contar su plazo desde la fecha de incorporación del personal investigador contratado a su puesto de trabajo en el Centro/Unidad de Excelencia «Severo Ochoa» de destino. En cualquier caso, la fecha de comienzo de la ayuda no podrá ser anterior al 1 de enero de 2014.
2. Cuando se produzca una sustitución como consecuencia de las circunstancias previstas en el artículo 29, las ayudas tendrán asimismo una duración de cuatro años.
3. Las ayudas podrán destinarse a cubrir los costes de las actividades previstas en los artículos 8 a 11 siguientes, en la forma que en ellos se establece.
8. Formación predoctoral. 1. Durante la etapa de formación predoctoral, las ayudas se destinarán a financiar contratos predoctorales, regulados en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación en el ámbito de un proyecto novedoso inscrito en una de las líneas prioritarias del Centro/Unidad de Excelencia «Severo Ochoa», que le conduzcan a la obtención del título de doctor. Además, el investigador predoctoral deberá recibir la formación complementaria que contemple el programa de recursos humanos del Centro/Unidad de Excelencia «Severo Ochoa».
2. La cuantía de la ayuda por cada uno de los contratos predoctorales será de 20.600 euros anuales. La retribución mínima que deberán recibir los investigadores predoctorales contratados durante este periodo deberá indicarse en cada contrato, y no será inferior a 16.422 euros brutos anuales. ...
9. Periodo de orientación postdoctoral. 1. Cuando la obtención del título de doctor tuviera lugar con antelación al inicio de la última anualidad de la ayuda, se autorizará una ayuda para la contratación, durante la fase POP de un año de duración, de los investigadores recién doctorados.
El objeto del contrato será la realización de actividades de investigación que afiancen y perfeccionen los conocimientos adquiridos por parte de los doctorados durante la realización de sus tesis doctorales, así como actividades en cooperación con otros centros de I+D (incluidas las empresas), preferentemente en el extranjero, con vistas a la preparación de su formación postdoctoral y su futuro profesional.
2. La cuantía de la ayuda será de 25.100 euros, y la retribución salarial mínima que deberán recibir los investigadores durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 19.000 euros brutos anuales. ...
10. Matrículas en las enseñanzas de doctorado. 1. Complementariamente a la ayuda para la contratación, se autorizará una cantidad adicional de 1.500 euros para financiar el pago de las matrículas en las enseñanzas de doctorado correspondientes a los cursos en los que el personal en formación esté matriculado durante la vigencia de la ayuda, en la etapa predoctoral, y que sean realizadas en una universidad española, pública o privada. ...
11. Estancias breves.1. Adicionalmente a la ayuda para la contratación, se autorizará una cantidad de al menos 4.750 euros para la movilidad predoctoral, para realizar estancias breves en otros centros de I+D distintos al destino habitual de los contratados, con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades beneficiosas para mejorar su formación así como impulsar el desarrollo de su tesis. Dichas actividades deberán estar circunscritas al programa formativo del contratado o a los programas generales de formación de que disponga de Centro/Unidad de Excelencia «Severo Ochoa de adscripción. ...
18. Forma de presentación de las solicitudes de participación por los candidatos.1. Los candidatos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 podrán presentar su candidatura mediante la cumplimentación de una solicitud de participación.
2. La cumplimentación y presentación de la solicitud por los candidatos deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el formato establecido a tal efecto, en la forma prevista en el artículo 14, apartados 5, 7 y siguientes de dicho artículo.
3. Los candidatos únicamente podrán presentar una solicitud para un único Centro/Unidad de Excelencia «Severo Ochoa». A tal efecto, la relación de Centros/Unidades de Excelencia «Severo Ochoa» junto con el número máximo de ayudas para la formación de doctores asociadas a cada uno de ellos estará disponible en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación en la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes.
4. ...
19. Plazo de presentación de solicitudes. 1. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día 1 de septiembre de 2014 y finalizará el 19 de septiembre de 2014 a las 15:00 horas (hora peninsular), según la hora oficial de la sede de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
2. Aquellos candidatos que hayan acreditado la petición de la admisión al doctorado según lo establecido en el artículo 18.4.e) con antelación a la finalización del plazo referido en el apartado anterior, y la petición no haya sido resuelta, dispondrán de un plazo que finalizará el 3 de noviembre de 2014 para presentar el documento previsto en el artículo 18.4.e) a través de la carpeta virtual de expedientes-Facilit@, siguiendo lo indicado en el artículo 14, apartados 9 a 14.
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