Ayuntamiento de Orihuela / Oriola. (Vega Baixa-Vega Baja/Alacant).
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo para SUSTITUCIÓN, de puestos de Profesor/Profesora de PIANO, mediante contratación laboral temporal.
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo para sustitución, de puestos de Profesor de FLAUTA TRAVESERA, mediante contratación laboral temporal.
SEGUNDA: REQUISITO DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los requisitos siguientes:
2.1 Condiciones Generales:
a) · Tener nacionalidad española o;
Nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
Cónyuge de españoles cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho.
Cónyuge de un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
Descendientes de los anteriores cónyuges, o de uno de ellos, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes, cuando los cónyuges no estén separados de derecho.
Personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales y ratificados por España en los que sea de aplicación de libre circulación de trabajadores (Países que conforman el Espacio Económico Europeo, Noruega, Islandia y Lienchtenstein, y la Confederación Suiza). Todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos en la fecha de la convocatoria los 16 años de edad y no
exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título Superior de Música o equivalente, de la especialidad a la que opta, en todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración educativa competente en cada caso, o Título de Profesor expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente al puesto al que se opte. Para aquellas personas que procedan de la U.E. o extranjeros, deberán de disponer la homologación del título por el Ministerio de Ecuación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas y sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, y no sea necesaria la adaptación funcional del puesto de trabajo. Dichos aspirantes tendrán que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, que tipo de discapacidad padecen, que deberá ser acreditado mediante certificación oficial vinculante en el que conste que está en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a lo que aspiran. La certificación habrá de presentada junto con la solicitud de participación. De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que ser refiere al base cuarta.
f) No hallarse afectado por incapacidad o incompatibilidad alguna, con arreglo a los establecido en los artículos 136.2 y 145 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril y ley 53/84 de 26 de diciembre, de incompatibilidades.
Todos y cada uno de los requisitos deberán reunirse por los aspirantes con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
TERCERA: SOLICITUDES. 3.1 Presentación de Instancias: Las instancias se presentarán en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia {del 29 de agosto al 8* de septiembre de 2014, a.i.}; en el Registro General, o en la forma que determina el artº. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quienes deseen tomar parte en las pruebas lo solicitarán mediante instancia dirigida a la Alcaldía Presidencia, en la que deberán manifestar que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda.
Documentación acreditativa de la titulación exigida para el desempeño del puesto (original o copia compulsada) o justificante del pago de los derechos para la expedición de la misma.
Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, de acuerdo con el baremo que consta en las presentes bases (original o copia compulsada).
Fotocopia del D.N.I.
Las fotocopias de los documentos aportados junto con la instancia que no estén debidamente compulsadas, no serán tenidas en cuenta.
3.2 Tasas por derechos de examen: Las instancias se acompañarán de justificante acreditativo de haber ingresado en la Tesorería Municipal la cantidad de 18.03€, en concepto de derechos de examen, estarán exentos del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acreditar este extremo, igualmente, mediante documento justificativo que se acompañará a la solicitud, debidamente compulsado.
Dichas tasas se harán efectivas directamente o mediante transferencia, en la cuenta del Ayuntamiento de Caja Murcia y cuyo código de identificación es ES94 0487.0421.55.2080000071, especificando en el documento de ingreso a que prueba selectiva corresponde.
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