lunes, 18 de marzo de 2013

2.200 ayudas para participar en un Programa de Inmersión Lingüística para el verano de 2013. Alumnos de 5º y 6º de Primaria, y 1º de Secundaria.

1. Objeto de la convocatoria. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.200 ayudas para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte durante el mes de agosto de 2013.
Estas ayudas se distribuyen a su vez en dos grupos: primero y segundo, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:
– 1.320 ayudas de hasta 476 euros para el grupo primero.
– 880 ayudas de hasta 326 euros para el grupo segundo. 
2. Solicitantes. 1. Requisitos generales que deberán cumplir todos los solicitantes:
a)
Podrá optar a estas ayudas el alumnado que en el presente curso 2012/2013 esté matriculado en centros sostenidos con fondos públicos, en alguno de los cursos mencionados a continuación:
i. Quinto curso de Enseñanza Primaria.
ii. Sexto curso de Enseñanza Primaria.
iii. Primer curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria.

b) La edad de los participantes no podrá superar los 13 años a fecha 31 de diciembre de 2013.
c) Haber obtenido como nota media del curso 2011/2012 notable en la asignatura de inglés y notable como nota media del curso 2011/2012.
d) No haber sido beneficiario de la ayuda en convocatorias anteriores.
2. Los solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2012 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado grupo primero, al que hace referencia el artículo 1 de la presente convocatoria:
a) Orfandad absoluta del solicitante.
b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65% para padre/madre/hermanos del solicitante y superior al 33% en el caso de que la padezca el propio solicitante).
c) Pertenecer a familias cuyo sustentador principal se encuentre en situación legal de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
d) Pertenecer a familia numerosa.
e) Pertenecer a familia monoparental, cuyo sustentador principal sea viudo/a, padre o madre en estado soltero o de divorcio, separación legal o de hecho.
3. Los solicitantes que, reuniendo los requisitos generales, no se encuentren en ninguna de las circunstancias del apartado anterior formarán parte del denominado grupo segundo de la convocatoria. Podrá incrementarse el número de ayudas en uno de los grupos si existiera un exceso de solicitudes y para el otro grupo no se hubieran presentado suficientes.
4. Presentación y tramitación de solicitudes. 1. Quienes cumplan los requisitos establecidos en los apartados anteriores y deseen obtener una de las ayudas convocadas por la presente resolución, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud con los datos del alumno solicitante, que figura en la página web: http://www.mecd.gob.es/portada.html
2. Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección: http://www.mecd.gob.es/portada.html, de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 («BOE» del 19). Para ello han de imprimir el documento adjunto en la solicitud telemática, para la certificación de los datos académicos y situaciones específicas por el centro educativo. Una vez sellado el documento por el centro educativo, escanearlo y adjuntarlo en el apartado correspondiente de la solicitud hasta completar el proceso de confirmar y registrar telemáticamente.
3. Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar todos los apartados del modelo de solicitud que figura en la página web http://www.mecd.gob.es/portada.html. Una vez cumplimentado el modelo de solicitud, deberá imprimirse para presentarlo en el centro educativo en el que se encuentren matriculados. El centro educativo consignará la fecha de entrada y sellará la solicitud. No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido correctamente cumplimentada.
4. Los centros receptores deberán remitir las solicitudes, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, calle Los Madrazo, 15, 28014 Madrid.
5. Asimismo, las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las oficinas de correos o en cualquier registro de las distintas Administraciones públicas). En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas. A estos solos efectos se considerarán Registros públicos los centros educativos donde cursen estudios los solicitantes.
6. Las solicitudes deberán ser firmadas por el padre/madre o tutor/a del solicitante, declarando asimismo que conocen y aceptan las bases de la convocatoria y que autorizan la participación del alumnado en las actividades programadas.
7. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 15 de abril de 2013. En ningún caso será válida una solicitud presentada en registro con posterioridad a esta fecha. Los centros educativos remitirán las solicitudes hasta el 18 de abril inclusive.

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