sábado, 9 de marzo de 2013

ayudas a la innovación tecnológica en el medio rural.

Objeto. Es objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2013, destinadas a la innovación tecnológica en el medio rural, previstas en la Orden ARM/1247/2009, de 6 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 122, de 20 de mayo de 2009.
Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención. 1. Podrán acceder a estas ayudas las organizaciones y entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen las actividades y los objetivos incluidos en el artículo 3 de dichas bases.
2. Serán subvencionables las actividades desarrolladas por los beneficiarios desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2013.
Solicitud de la subvención y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se dirigirán al titular del Departamento, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo, y se presentarán en el registro del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado»,{del 10 al 29 de marzo de 2013,a.i.} ...  MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE. P.º Infanta Isabel, n.º 1. 28071 Madrid.
ANEXO 
MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN EL MEDIO RURAL 
(Orden AAA/ /2012, de 20 de noviembre)

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