Conselleria de Benestar Social .
RESOLUCIÓ de 13 de març de 2013, de la Subsecretaria, per la qual es convoca la constitució de la borsa de treball especifica per a substitucions temporals, en llocs de treball d’ajudant de residència/servicis, a la província de València. [2013/2815] (pdf 474KB)
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2013, de la Subsecretaría, por la que se convoca la constitución de la bolsa de empleo específica para sustituciones temporales, en puestos de trabajo de ayudante de residencia/servicios, en la provincia de Valencia. [2013/2815] (pdf 474KB)
RESOLUCIÓ de 13 de març de 2013, de la Subsecretaria, per la qual es convoca la constitució de la borsa de treball especifica per a substitucions temporals, en llocs de treball d’ajudant de residència/servicis, a la província de València. [2013/2815] (pdf 474KB)
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2013, de la Subsecretaría, por la que se convoca la constitución de la bolsa de empleo específica para sustituciones temporales, en puestos de trabajo de ayudante de residencia/servicios, en la provincia de Valencia. [2013/2815] (pdf 474KB)

2. Características de los puestos:
NA : L
Grup : E*/AP
Sector : -
Titulació : Estar en possessió del títol de Certificat d’Escolaritat o equivalent o complides les condicions per a obtindre’l abans de l’acabament del termini de presentació de sol·licituds.
En el cas de titulacions obtingudes a l’estranger s’haurà d’estar en possessió de la credencial que n’acredite la homologació.
En el cas de titulacions obtingudes a l’estranger s’haurà d’estar en possessió de la credencial que n’acredite la homologació.
Característiques: Atesa la tipologia de centres en què es realitzaran les substitucions (atenció directa, oberts les 24 hores del dia), el règim de treball és a torns: matins, vesprades, nits, caps de setmana, festius...

Quinto Los méritos que se acaban de relacionar se acreditarán:
1. Experiencia profesional: certificaciones oficiales expedidas por el órgano competente de la administración correspondiente.
A los exclusivos efectos del presente baremo, los puestos de trabajo cuya naturaleza jurídica se haya modificado se considerarán que siempre han tenido la misma que posean en el momento de la solicitud de integración en la bolsa.
2. Pruebas selectivas: sin perjuicio de que se alegue por las personas solicitantes, se comprobará de oficio la superación del ejercicio de la fase de oposición por cada aspirante.
3. Valenciano: certificaciones oficiales expedidas u homologadas por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.
4. Idiomas comunitarios: titulaciones oficiales expedidas u homologadas por órgano competente. Las papeletas no servirán como acreditación.
5. Otras titulaciones: titulaciones académicas oficiales expedidas por órgano competente
6. Personal discapacitado:
– Certificado justificativo del grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento expedido por el órgano competente.
– Informe de compatibilidad para el desempeño de tareas y funciones del puesto, emitido por el centro de valoración y orientación de discapacitados o, en su caso haberlo solicitado.
Toda la documentación deberá ir debidamente compulsada. En caso contrario, se tendrá por no presentada.
Los méritos acreditados deberán haber sido obtenidos antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la bolsa.
Sexto. 1. Los aspirantes presentarán la solicitud de inscripción, la hoja de la autobaremación, la documentación acreditativa de los méritos alegados y la acreditación de la titulación requerida para el desempeño del puesto, todo ello debidamente compulsado.
En el caso de no presentar la documentación a que se hace referencia en el párrafo anterior por constar su inscripción en el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat, deberá hacerse expresa declaración de ello en la solicitud de inscripción.
2. La documentación requerida deberá presentarse en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, en las sedes de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social de Valencia o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.{del 23 de marzo al 5 de abril de 2013, a.i.}
1. Experiencia profesional: certificaciones oficiales expedidas por el órgano competente de la administración correspondiente.
A los exclusivos efectos del presente baremo, los puestos de trabajo cuya naturaleza jurídica se haya modificado se considerarán que siempre han tenido la misma que posean en el momento de la solicitud de integración en la bolsa.
2. Pruebas selectivas: sin perjuicio de que se alegue por las personas solicitantes, se comprobará de oficio la superación del ejercicio de la fase de oposición por cada aspirante.
3. Valenciano: certificaciones oficiales expedidas u homologadas por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.
4. Idiomas comunitarios: titulaciones oficiales expedidas u homologadas por órgano competente. Las papeletas no servirán como acreditación.
5. Otras titulaciones: titulaciones académicas oficiales expedidas por órgano competente
6. Personal discapacitado:
– Certificado justificativo del grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento expedido por el órgano competente.
– Informe de compatibilidad para el desempeño de tareas y funciones del puesto, emitido por el centro de valoración y orientación de discapacitados o, en su caso haberlo solicitado.
Toda la documentación deberá ir debidamente compulsada. En caso contrario, se tendrá por no presentada.
Los méritos acreditados deberán haber sido obtenidos antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la bolsa.

En el caso de no presentar la documentación a que se hace referencia en el párrafo anterior por constar su inscripción en el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat, deberá hacerse expresa declaración de ello en la solicitud de inscripción.
2. La documentación requerida deberá presentarse en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, en las sedes de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social de Valencia o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.{del 23 de marzo al 5 de abril de 2013, a.i.}
6. Los modelos de solicitud de inscripción y la hoja de autobaremación a la que se refieren los puntos precedentes se acompañan como anexo I y II a la presente resolución. Los méritos que no se acrediten del modo establecido en el apartado quinto no se valorarán. Los méritos acreditados deberán haber sido obtenidos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la bolsa.
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