viernes, 15 de marzo de 2013

ICAA: Ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto. || Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.

Resolución de 11 de marzo de 2013, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2013 ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto. 
Objeto y condiciones. Se convocan para el año 2013, mediante régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la realización de largometrajes sobre proyecto. Dichas ayudas estarán limitadas a proyectos que se encuentren dentro de una de las siguientes categorías:
– Que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social.
– Que sean de carácter documental.
– Que sean de carácter experimental.
– Que incorporen nuevos realizadores. Se entenderá por nuevo/a realizador/a quien, a la fecha de finalización de esta convocatoria, no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.
Dotación e imputación presupuestaria. Para dichas ayudas se estima necesaria la cantidad de 4.000.000 euros ...
Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas las empresas productoras inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas que sean de carácter independiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. ...
Requisitos de las solicitudes. La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán a través del Registro electrónico de la Secretaría de Estado de Cultura, conforme a los requisitos que lo rigen (http://www.mcu.es/registro/).
En caso de no utilizar el mencionado sistema de presentación, la solicitud y el formulario, en el modelo oficial que se publica como Anexo de esta Resolución, podrán presentarse en el Registro General de la Secretaría de Estado de Cultura, plaza del Rey n.º 1, 28071 Madrid o ...
Plazo de presentación. El plazo para la presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación preceptiva señalada anteriormente, será desde el día siguiente al de la publicación de la presente disposición en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 8 de abril de 2013, inclusive.
 ************
Resolución de 12 de marzo de 2013, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2013 ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados. 
Objeto y condiciones. Se convocan para el año 2013 ayudas sobre proyecto para la producción de cortometrajes y para cortometrajes realizados, mediante régimen de concurrencia competitiva.
Dotación e imputación presupuestaria. 1. Para dichas ayudas se estima necesaria la cantidad de 1.000.000 euros, ... y será distribuida en 400.000 € para ayudas sobre proyecto y 600.000 € para ayudas a cortometrajes realizados.
2. La cuantía máxima de la ayuda sobre proyecto, a conceder en el presente ejercicio, será de 30.500 euros por película beneficiaria, y en ningún caso podrá superar la inversión del productor, ni el 50 por 100 del presupuesto de la película.
3. La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes realizados, a conceder en el presente ejercicio, no podrá superar el 75 por 100 de la inversión del productor.
4. La suma de la ayuda sobre proyecto y a película realizada no podrá superar el coste de la película, con el límite máximo, en todo caso, de 70.000,00 euros.
Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas las empresas productoras inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas y que tengan la condición de independientes de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.
Requisitos de las ayudas a proyectos de cortometrajes. 1. Solicitudes. La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán, siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez, a través del Registro electrónico de la Secretaría de Estado de Cultura, conforme a los requisitos que lo rigen (http://www.mcu.es/registro/).
En caso de no utilizar el mencionado sistema de presentación, la solicitud y el formulario, en el modelo oficial que se publica como Anexo de esta Resolución, podrán presentarse en el Registro General de la Secretaría de Estado de Cultura, plaza del Rey n.º 1, 28071 Madrid o ...
3. Plazo. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 8 de abril de 2013, inclusive.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia