viernes, 1 de agosto de 2014

subvenciones de programas para atención a personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida y de protección temporal.

Primero. Convocatoria y normativa de aplicación. 1. La Dirección General de Migraciones convoca la concesión de subvenciones en el área de acogida e integración de los solicitantes y beneficiarios de Protección Internacional, del Estatuto de Apátrida y de Protección Temporal.
Segundo. Objeto y financiación. 1. Los programas que pueden ser subvencionados figuran relacionados en el anexo A de la presente convocatoria, teniendo en cuenta que cada programa presentado debe corresponder a una única prioridad por fuente de financiación (A.I, A.II y A.III en programas financiados cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración y BI, BII o BIII en programas cofinanciados por el Fondo Social Europeo).
2. La cuantía máxima de las subvenciones a otorgar mediante la presente convocatoria que asciende a 2.096.000,00 euros ...
4. La cofinanciación comunitaria del Fondo de Asilo, Migración e Integración podrá alcanzar un máximo del 75%.
5. Los porcentajes de cofinanciación del Fondo Social Europeo serán para las regiones de convergencia (Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia), «phasing out» (Asturias, Murcia, Ceuta y Melilla) y «phasing in» (Canarias, Castilla-León, Comunidad Valenciana) del 80%. ...
Tercero. Requisitos de los beneficiarios. Las entidades u organizaciones no gubernamentales que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio.
Cuarto. Presentación de solicitudes.1. De conformidad con el artículo 6 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 2 al 21 de agosto de 2014, a.i.}
2. Las solicitudes se formularán en los modelos que se acompañan como anexos I a IV, ambos inclusive, y estarán dirigidas a la Dirección General de Migraciones.
Dichos modelos estarán disponibles en la sede de la Dirección General de Migraciones, calle José Abascal, n.º 39, 28003 Madrid; pudiendo ser presentados en la citada sede, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. ...
Octavo. Plazo de ejecución. 1. El plazo de ejecución de los programas subvencionados por la presente convocatoria estará comprendido entre la fecha de la resolución de concesión de la subvención y el 31 de diciembre de 2015.
2. El plazo de ejecución de los programas subvencionados por la presente convocatoria, cuando se trate de programas de continuidad, podrá extenderse desde la fecha de finalización de la ejecución real del programa subvencionado en la convocatoria anterior hasta el 31 de diciembre de 2015, en los términos previstos en la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio.
... página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social: www.meyss.es.
ANEXO A
Programas subvencionables
A. Programas cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI)
La Dirección General de Migraciones, como autoridad responsable del Fondo, ha establecido en su programa plurianual para el periodo 2014-2020 y en el plan anual para el año 2014-15, los programas objeto de financiación, que serán los relacionados con:
– Condiciones de acogida y procedimientos de asilo.
– Evaluación/Mejora en la calidad de la toma de decisiones en procedimientos de asilo.
– Reasentamiento.
B. Programas cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del Programa Operativo «Lucha contra la Discriminación»
Se considerarán prioritarios los programas que fomenten la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres pertenecientes al grupo destinatario de las actuaciones: solicitantes de asilo o de protección subsidiaria, personas reconocidas como refugiadas y apátridas, con estatuto reconocido de protección subsidiaria, acogidas a un régimen de protección temporal, o que han sido o estén siendo reasentadas, así como aquellos que contemplen actuaciones específicas que promuevan la integración de la perspectiva de género, la no discriminación, el impulso y transferencia de acciones innovadoras, las nuevas tecnologías (NTIC), el cuidado y respeto del medio ambiente y la aplicación del partenariado.
Grupo de destinatarios de las actuaciones:
a) Personas reconocidas como refugiadas y apátridas.
b) Personas con estatuto reconocido de protección subsidiaria.
c) Solicitantes de asilo y del estatuto de apátrida.
d) Personas acogidas a un régimen de protección temporal.
e) Personas que han sido o están siendo reasentadas.

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