De conformidad con la Resolución de 22 de diciembre de 2014 del Coordinador General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gandia, se han aprobado las Bases para la provisión en propiedad con carácter de funcionario una plaza de letrado/a del Ayuntamiento de Gandia, mediante concurso-oposición, de conformidad con las referidas Bases, por lo que se procede a publicar la presente convocatoria y las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia [28 de Enero de 2015, nº 18] y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, y extracto de la convocatoria, en el Boletín Oficial del Estado.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales contados desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO OPOSICIÓN PARA PROVEER EN PROPIEDAD CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO UNA PLAZA DE LETRADO/A DEL AYUNTAMIENTO DE GANDIA
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATÒRIA. Es objeto de la presente convocatòria, la provisión mediante concurso-oposición y con carácter de funcionario de carrera, de una plaza de Letrado/a, la cual está incluida en la Plantilla de Personal Funcionario, dentro de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, correspondiente al Grupo/Subgrupo A/A1 de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, de Estatuto Básico del Empleado Público.
La citada plaza corresponde a la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento correspondiente al año 2014, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobinerno Local, de 28 de julio de 2014 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 190, de 12 de agosto de 2014. Actualmente la plaza se encuentra provisionalment ocupada por funcionario interino.
Las retribuciones que se fijan para la plaza convocada son las previstes en la vigente relación de puestos de Trabajo para el puesto de Letrado/a.
SEGUNDA.- SISTEMA SELECTIVO. La provisión de la plaza incluida en esta convocatoria se efectuará mediante el procedimiento de concurso-oposición, dada la naturaleza administrativa especial de la plaza y de las funciones específicas del puesto a desempeñar, garantizándose los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. El contenido de las pruebas guarda relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales del puesto objeto de la convocatoria y en la fase de concurso se valorará como mérito los servicios prestados en la Administración Pública y el conocimiento de valenciano.
En ningún caso se podrá declarar superado el proceso selectivo por un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.
TERCERA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido a tomar parte en el concurso oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que ser termine el plazo de presentación de instancias:
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público para los nacionales de otros Estados.
Tener cumplidos los 16 años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estar en posesión de titulación de Licenciado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo/escala/puesto o plaza al que se aspira. Quienes tengan la condición de minusválido, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria (artículo 59 de la de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), mediante dictamen expedido, con posterioridad a la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Estado y con anterioridad al iniciación de las pruebas selectivas, por un equipo multiprofesional competente, conforme a lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos. En otro caso, no serán admitidos a las pruebas selectivas. En caso de ser admitidos se adoptarán las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, en su caso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de la Función Pública.
CUARTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las solicitudes para tomar parte en el concurso-oposición, formuladas en modelo oficial que facilite el Ayuntamiento, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen cada una de las condiciones y requisitos que se exigen en la base anterior, referidas siempre a la fecha de terminación del plazo señalado para la presentación de solicitudes, y en la que deberá constar que se compromete a prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida, se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gandia, presentándose en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Gandia, sito en Plaza Mayor, nº 1, en horas de Oficina (de 9 a 14 horas), durante un plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de las presentes bases en el Boletín Oficial del Estado. Las condiciones a que se refiere la base anterior deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo, durante el que, en cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos para efectuar las comprobaciones oportunas.
Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el facilitado gratuitamente por el Ayuntamiento (Oficina de Información, página web: www.gandia.org ). Los derechos de examen serán abonados por los aspirantes antes de presentar la instancia, fijando el importe en 50 €. El pago de los derechos de examen se hará efectivo mediante la formalización de autoliquidación a través de modelo oficial que facilita el Ayuntamiento de Gandia y que se encuentra en la página del Ayuntamiento (www.gandia.org ) y su ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación municipal. A la instancia para participar en el proceso selectivo se adjuntará copia del resguardo acreditativo del abono de las tasas.
Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a las personas que no sean admitidas en los procedimientos selectivos por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.
Aquellas personas que por estar afectadas de una discapacidad precisen adaptaciones para la realización de las pruebas, lo indicarán en el apartado correspondiente de la solicitud, a fin de que se puedan adoptar las medidas oportunas, las cuales serán concedidas a criterio del Tribunal selectivo, previo estudio y siempre y cuando se garanticen las condiciones de igualdad.
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