jueves, 8 de enero de 2015

bolsa de empleo temporal de profesor/a de educación infantil de la Escuela Infantil municipal de Banyeres de Mariola

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE PROFESOR/A DE INFANCIA DE LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA. 
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria: El objeto de las presentes bases es regular la constitución y funcionamiento de la bolsa de empleo temporal de profesor/a de educación infantil de la Escuela Infantil municipal de Banyeres de Mariola, mediante la contratación de personal laboral temporal. La presente bolsa será de aplicación para cubrir con carácter urgente y temporal puestos vacantes o atender necesidades puntuales de sustitución del personal laboral que se puedan producir a lo largo del periodo de duración de la presente bolsa.
En la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola el puesto a cubrir (nº39) se encuentra encuadrado dentro del grupo de clasificación profesional B, nivel de destino 17 (actual A2).
El sistema selectivo será el de concurso-oposición por turno libre.
SEGUNDA.- Objeto, perfil y funciones del puesto:
OBJETO Y PERFIL: Realización de las tareas y actividades propias de un educador infantil. El maestro de Educación Infantil desempeña una función muy importante en el desarrollo del niño, ya que es él, en última instancia, quien va a guiar de forma directa el aprendizaje de un grupo de alumnos. El educador es para los niños un modelo significativo, que junto con sus padres y otros adultos relevantes en sus vidas, contribuyen a forjar una imagen adulta que, en buena medida va a incidir en su desarrollo. Es por ello que las características personales del educador, sus vivencias, la forma peculiar de interactuar con los niños marcarán de forma singular todo el entramado de relaciones que se establezcan en el grupo.
FUNCIONES: Sin que la siguiente relación signifique una enumeración exhaustiva, referidas a su ámbito profesional y a las funciones establecidas en el organigrama para cada Dependencia Municipal a la que está adscrito, y condicionado por las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las atribuciones que en materia de organización y distribución de trabajo tienen atribuidos los órganos competentes del Ayuntamiento, las principales funciones inherentes al puesto son:
a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.
b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. 
...
TERCERA.- Requisitos de admisión de los/las aspirantes:
GENERALES: Para ser admitidos/as en el procedimiento selectivo que se convoca, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán cumplirse en el último día de plazo de la presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de la contratación laboral:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o, en su defecto, reunir los requisitos que con respecto al acceso al empleo público se establece en el artículo 57 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima para la jubilación forzosa.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto al que se opta.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
ESPECÍFICOS: Estar en posesión o en condiciones de obtener en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Técnico Superior en Educación Infantil o Titulaciones Equivalentes en virtud del Real Decreto 1394/2007 de 29 de octubre por el que se establece el Título de Técnico Superior en Educación Infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas; título Profesor de Educación General Básica con la Especialidad en Preescolar, o título de Maestro especialista en Educación Infantil. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. 
QUINTA.- Inscripción en la Bolsa: Los/as interesados/as deberán presentar la correspondiente instancia en el registro de entrada de documentos del Ayuntamiento o en la forma que indica el artículo 38.4 de la Ley 30/92.
En todo lo demás, la inscripción se regirá por lo previsto en el apartado cuarto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o de que entienda la administración, y en su redacción actual, deberán abonarse 6,18€ en concepto de derechos de examen.
No obstante, según el artículo 4 de dicha ordenanza, estarán exentos del pago de la tasa aquellos contribuyentes en que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Hayan sido declarados pobres por precepto legal.
b) Estén incluidos en el Padrón de Beneficencia.
c) Estén en situación de desempleo.
Asimismo, tendrán una bonificación del 25% en derechos de examen todas las personas que presente la declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida por el Organismo o autoridad competente. Y tendrán un bonificación del 50% aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa. 
DECIMOCUARTA.- Publicidad de las bases y la convocatoria: Las presentes bases, su convocatoria y los sucesivos anuncios se publicarán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal (www.portademariola.com). Las bases de esta convocatoria se encontrarán a disposición de los interesados en el Departamento de RRHH del Ayuntamiento y en el Departamento de Secretaría. Plazo: {del 9 al 28 de enero de , a.i.}

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