sábado, 24 de enero de 2015

1950 plazas de tropa y marinería profesional, del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.

1. Convocar el proceso de selección para cubrir las plazas, con parámetros objetivos de selección, para el acceso de nacionales y extranjeros a la condición de militar de tropa y marinería, en el número que resulte necesario sin superar 79.000 efectivos el día 31 de diciembre de 2015, de los que como máximo podrán ser 7.110 no nacionales.
2. Mediante la presente Resolución se ofertan mil novecientas cincuenta (1.950) plazas, correspondientes al Ciclo de Selección número 1, de acuerdo con la distribución que figura en el anexo II. Del total de estas plazas, los extranjeros podrán optar en concurrencia con los españoles a cuarenta (40).
Teniendo en cuenta las necesidades del planeamiento de la defensa y la evolución real de efectivos, en la publicación de plazas correspondientes al Ciclo de Selección número 2 se establecerán las especialidades fundamentales y las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa que sea preciso cubrir y, en su caso, a las que los extranjeros podrán optar.
3. Las plazas correspondientes al Ciclo de Selección número 2 se expondrán públicamente, al menos, en las Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa www.reclutamiento.defensa.gob.es.
ANEXOS
I. Bases de la convocatoria.
1. Objeto. Regular el proceso de selección por el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas para el acceso de nacionales y extranjeros a la condición de militar de tropa y marinería del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, con el fin de no superar los efectivos previstos en la Disposición Primera de la presente Resolución. En el proceso de selección se tendrán en cuenta los méritos y las aptitudes de los solicitantes, las preferencias manifestadas y las necesidades del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.
2. Ciclos de selección. El proceso de selección se llevará a cabo a lo largo del año 2015 mediante el establecimiento de dos Ciclos de Selección, cuyos calendarios se establecen en el apéndice 1. Cada uno de estos Ciclos comprende el período de tiempo en el que se desarrollan todos los trámites de selección e incorporación a los diferentes centros de formación.
3. Condiciones para participar en la convocatoria. Podrán optar a las plazas ofertadas quienes, el día en que soliciten cita previa para participar en las pruebas de selección del Ciclo que corresponda, sin perjuicio de lo que se detalle expresamente en la base correspondiente, cumplan y mantengan hasta el momento de la incorporación al centro de formación, las siguientes condiciones:
3.1 Condiciones generales comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:
3.1.a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los países que figuran en el apéndice 2.
3.1.b) Tener cumplidos 18 años y no cumplir ni haber cumplido 29 años el día siguiente al de incorporación al centro de formación correspondiente.
3.1.c) Carecer de antecedentes penales, y no tener abierto en calidad de procesado o imputado ningún procedimiento judicial por delito doloso.
3.1.d) No estar privado de los derechos civiles.
3.1.e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
3.1.f) Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la presente convocatoria.
3.1.g) Estar en posesión de los niveles de estudios o de la titulación exigida para acceder, en su caso, a cada plaza.
3.1.h) No ser militar de tropa y marinería con compromiso en vigor ni estar realizando la fase de formación militar general para adquirir tal condición.
3.1.i) No haber sido resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de:
a) Insuficiencia de facultades profesionales.
b) Imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.  ...
3.2 Condiciones generales para solicitantes extranjeros:
3.2.a) Tener en vigor la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente.
3.2.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
3.2.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
3.2.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
3.2.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
3.3 Condiciones específicas comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:
3.3.a) Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes.
En caso de ser ofertada, los solicitantes de la especialidad fundamental Música acreditarán, además, lo señalado en la base 3.3.k).
Estos requisitos se acreditarán mediante la presentación del certificado original y fotocopia, o fotocopia compulsada, del título que se posea, dando lugar, en su caso, al inicio de la determinación de las responsabilidades de cualquier índole en que pudiera haber incurrido, en aplicación expresa de la base 5.6 del presente anexo I, a cuyo efecto los Gestores de las Áreas de Reclutamiento de las Subdelegaciones de Defensa lo pondrán en conocimiento de la Comisión Permanente de Selección.
Los títulos, diplomas o estudios extranjeros deberán estar homologados a los títulos españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.
3.3.b) Los solicitantes de la Guardia Real deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 165 centímetros los hombres y a 160 centímetros las mujeres.
3.3.c) No haber renunciado a la plaza asignada o no haber efectuado la presentación, sin causas justificadas, en el centro de formación para iniciar la fase de formación militar general o haber causado baja voluntaria durante la misma, en virtud de su participación en el último Ciclo de Selección anterior al que se solicite, con independencia de la convocatoria a la que pertenezca dicho Ciclo. ...
4. Cita previa para participar en el proceso de selección. 4.1 La participación en el proceso de selección de alguno de los Ciclos de esta convocatoria, se iniciará con la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas de selección dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento/Jefe del Órgano de Apoyo/Secretario General de la Subdelegación o Delegación de Defensa de la provincia de residencia del aspirante, solicitud que se podrá realizar durante el periodo de tiempo establecido en el calendario del apéndice 1 para cada Ciclo de Selección.
4.2 La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente o por correo certificado en las Secretarías Generales de las Delegaciones de Defensa, en las Áreas de Reclutamiento, en los Órganos de Apoyo de las Subdelegaciones de Defensa, en las Oficinas Delegadas u Oficinas o puntos de información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa.
También podrá solicitarse en las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y de la Guardia Civil, desde donde se cursará a la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del solicitante.
De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa en Madrid.
Asimismo, la solicitud de cita previa podrá presentarse ante el resto de los organismos a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE número 12, de 27 de enero).
En todo caso, cuando la instancia se presente en lugar distinto a la Subdelegación de Defensa, el candidato la adelantará vía fax, dentro del plazo de admisión de solicitudes, a los números facilitados en el apéndice 5.
Igualmente y siempre que esté disponible, la cita previa se podrá solicitar por vía telefónica en el número 902432100 o a través de la página web del Ministerio de Defensa www.reclutamiento.defensa.gob.es.

II. Plazas del Ciclo de Selección número 1.
APÉNDICES
1. Calendario de los Ciclos de Selección del año 2015.

CICLO DE SELECCIÓN: Primero
INICIO DEL PLAZO DE SOLICITUD DE CITA PREVIADía siguiente de publicación en BOE (24 de enero de 2015)
FINALIZA EL PLAZO DE SOLICITUD DE CITA PREVIA: 12FEB15 
LIMITACIÓN DEL NÚMERO DE ASPIRANTES: 27MAR15
ASIGNACIÓN DE LAS PLAZAS: 25MAY15
INCORPORACIÓN AL CFOR 01JUN15
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CICLO DE SELECCIÓN: Segundo 
INICIO DEL PLAZO DE SOLICITUD DE CITA PREVIA: 02JUN15
FINALIZA EL PLAZO DE SOLICITUD DE CITA PREVIA:  22JUN15
LIMITACIÓN DEL NÚMERO DE ASPIRANTES:  28AGO15
ASIGNACIÓN DE LAS PLAZAS: 16OCT15 
INCORPORACIÓN AL CFOR1 22OCT15 
2. Países cuyos nacionales pueden participar en el proceso de selección.
3. Cuadro médico de exclusiones.
4. Pruebas de aptitud física.
5. Relación de Secretarías Generales/Áreas de Reclutamiento/Órganos de Apoyo y Oficinas Delegadas.
6. Solicitud para asignación de cita previa.
7. Baremo de concurso.
8. Autorización paterno/tutorial para la realización de las pruebas selectivas de los aspirantes menores de edad.
9. Declaración de procesamiento e imputación.
10. Declaración de no estar privado de derechos civiles, ni separado de las administraciones públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
11. Documento de designación de beneficiarios.
12. Notificación del resultado de la fase primera.
13. Notificación del resultado del proceso de selección.

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