jueves, 15 de enero de 2015

Bolsa de Trabajo: Conductor Auxiliar de Bombero y Peón Auxiliar de Bombero. Agencia Navarra de Emergencias



A la vista de las necesidades de personal existentes en la Agencia Navarra de Emergencias para las campañas forestales, procede realizar convocatorias para la constitución, a través de pruebas selectivas, de dos relaciones de aspirantes a la contratación temporal de los puestos de trabajo de Conductor Auxiliar de Bombero y Peón Auxiliar de Bombero, en orden a la cobertura de las necesidades mencionadas.
El proceso de selección prevé la valoración de méritos de los aspirantes que acrediten experiencia anterior en puestos similares a los convocados, lo que actúa en beneficio de la seguridad del colectivo, que presta servicios en condiciones de especial peligrosidad.
Bases: Conductor Auxiliar de Bombero
Primera.–Objeto. El objeto de esta convocatoria es constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de trabajo de Conductor Auxiliar de Bombero, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Agencia Navarra de Emergencias.
Segunda.–Requisitos de los participantes. 2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase C con la autorización BTP.
e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones y no estar incurso en ninguna de las causas de exclusión que se incluyen en el Anexo II.
f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
g) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2.2. Los requisitos de titulación exigidos en los apartados 2.1.c) y 2.1.d) de esta base deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes, de acuerdo con lo establecido en la norma séptima de las comunes a las convocatorias.
2.3. El cumplimiento de todos los requisitos, recogidos en esta base, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.
Bases: Peón Auxiliar de Bombero
Primera.–Objeto. El objeto de esta convocatoria es constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de trabajo de Peón Auxiliar de Bombero, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Agencia Navarra de Emergencias.
Segunda.–Requisitos de los participantes. 2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones y no estar incurso en ninguna de las causas de exclusión que se incluyen en el Anexo II.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado 2.1.c) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente por los aspirantes que resulten llamados, de acuerdo con lo establecido en la norma séptima de las comunes a las convocatorias.
2.3. El cumplimiento de todos los requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.
NORMAS COMUNES
Primera.–Plazo de presentación de instancias. El plazo de presentación de solicitudes para las dos convocatorias será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.{del 14 al 28 de enero de 2015, a.i.}
Segunda.–Instancias. 2.1. Las instancias de participación en las convocatorias deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, (vestíbulo) 31002 de Pamplona, en cualquiera de las demás oficinas de registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 46, de 7 de marzo de 2014, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
... la instancia de participación podrá presentarse telemáticamente a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web de Internet del Gobierno de Navarra (www.navarra.es). 

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