FUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA MARQ . BASES Y CONVOCATORIA PARA EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE COORDINADOR DE COMUNICACIÓN
La Comisión Ejecutiva de Fundación de la Comunitat Valenciana MARQ, Museo Arqueológico Provincial de Alicante, en sesión ordinaria de fecha 4 de junio de 2015, aprobó las siguientes
BASES
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NATURALEZA DEL PUESTO. La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento para la selección de UN PUESTO DE TRABAJO DE COORDINADOR DE COMUNICACION para atender y responsabilizarse de
las campañas, proyectos y actuaciones que bajo la denominación <Hazte Amigo del Marq> o apelativos similares, vayan dirigidas al aumento del número de visitantes y con ello la captación de nuevos ingresos a través de nuevos patrocinios y colaboraciones, mejorando la imagen y proyección del MARQ, su notoriedad, y difundiendo toda su programación, con particular incidencia en las nuevas tecnologías y redes sociales.
Esta contratación, de carácter laboral se someterá a la modalidad de realización de obra o servicio determinado, por periodo de un año, renovable, y, por tanto, al régimen jurídico resultante del articulo 15 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el Estatuto de los Trabajadores y sustentarse, por el carácter urgente e inaplazable en relación con el déficit o carencia que trata de afrontar — minorar la dependencia presupuestaria de la Diputación Provincial—,en la Disposición Adicional Decimosexta.1, párrafo segundo, de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
• Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como laboral temporal en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. La Fundación se reserva el derecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
• Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
• Estar en posesión del Título de Licenciado en Ciencias de la Información o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de esta plaza, acreditándose las condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente.
A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público se adoptarán para las personas con la condición legal de discapacitado que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta, que aportarán junto con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación de instancias. Dicha petición deberá estar motivada.
III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la formalización del pertinente contrato laboral temporal.
TERCERA.- SOLICITUDES. I.- Quienes deseen tomar parte en este procedimiento, lo solicitarán en instancia dirigida a la Presidenta de la Fundación, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a la instancia: fotocopia del Documento Nacional de Identidad y Curriculum Vitae. El modelo de instancia se adjunta como Anexo a las presentes Bases.
Las personas con discapacidad deberán aportar fotocopia de la certificación del órgano competente, que acredite tal condición, así como el tipo y graduación de la misma.
II.- Las Bases de la Convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y se dará noticia de ellas asimismo al Servicio Público de Empleo Autonómico.
III.- Las instancias se presentarán en el plazo de siete días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el B.O.P. de la Convocatoria y Bases del presente procedimiento selectivo. Si el último día así contado recayera en sábado o festivo, el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil posterior.{del 10 al 16 de junio de 2015, a.i.}
Las instancias y documentación correspondientes se presentarán en días y horas hábiles de lunes a viernes, en el Registro General de la Fundación, sito en el Museo Arqueológico de Alicante en Plaza Dr. Gómez Ulla, s/n. de Alicante, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En caso de presentarse en las Oficinas de Correos y Telégrafos, deberá hacerse en sobre abierto y dejando constancia de la fecha de presentación.
Si las solicitudes de participación se presentasen a través de correos, o de registro público diferente al de la Fundación, los interesados deberán comunicar este extremo al correo electrónico gerenciamarq@ diputacionalicante.es .
IV.- Los efectos de la Convocatoria se producirán desde la fecha en que se publiquen las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
V.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará Edicto en el Tablón de Anuncios de la Fundación, sito en Plaza Dr. Gómez Ulla, s/n de Alicante, conteniendo la lista de admitidos y excluidos, y señalando un plazo de cinco días hábiles para subsanar. Igualmente se señalará el día en que se celebrará la prueba a que hace referencia la Base 5. Al aspirante que no compareciere a la prueba o se personare en el lugar de su celebración una vez iniciada la misma, se le declarará decaído en su derecho a continuar en el procedimiento.
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