Ayuntamiento de Los Alcázares. Bases para la selección de un funcionario interino para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico por el sistema de oposición libre, con creación de bolsa de trabajo
Primera.- Objeto de la convocatoria, clasificación, retribución y bolsa
de trabajo:
1.1.- Es objeto de la convocatoria la selección y posterior nombramiento de
un funcionario interino, a jornada completa, para la cobertura de una plaza de
Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de personal.
El funcionario interino cesará cuando la plaza sea cubierta de manera
definitiva por funcionario de carrera, de conformidad con lo previsto en la Ley
7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 896/1991, de 7
de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos
a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local, la selección de los aspirantes se realizará a través del
sistema de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en la base quinta de esta convocatoria.
1.2.- Clasificación:
- Situación administrativa: Funcionario Interino
- Grupo/subgrupo: A/A2(según art. 76.º de la Ley 7/2007, de 12 de abril)
- Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica Media
- Denominación: Arquitecto Técnico Municipal
1.3.- Retribución: La plaza está dotada con las retribuciones básicas y
complementarias legalmente establecidas, según cuantías aprobadas al efecto
por el Pleno de la Corporación.
1.4.- Creación de bolsa de trabajo: Del resultado de la convocatoria se
creará una bolsa de trabajo para cubrir puestos que pudieran quedar vacantes y que requieran igual titulación y categoría profesional que el puesto objeto de
la convocatoria. La Bolsa así constituida guardará el orden de prelación según
la puntuación final obtenida por los aspirantes en el proceso selectivo y estará
vigente hasta que se realice una nueva convocatoria para la cobertura de plazas
de la misma categoría y titulación. La constitución de la bolsa de trabajo que
se derive de la actual convocatoria anula cualquier bolsa de trabajo anterior de
Arquitecto Técnico en el Ayuntamiento de Los Alcázares.
Segunda.- Publicación de la convocatoria.
La Convocatoria se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Región de
Murcia.
Tercera.- Participación en la convocatoria.
3.1.- Requisitos de los aspirantes: Para ser admitidos a la realización de las
pruebas selectivas de las plazas convocadas, los aspirantes deberán reunir, los
requisitos de capacidad siguientes:
a. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 57 del EBEP para los nacionales de otros Estados. En este caso los
aspirantes deberán acreditar el dominio hablado y escrito del castellano como
lengua oficial del Estado, pudiendo ser sometidos a una prueba que acredite
su conocimiento.
b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De
conformidad con lo establecido en el artículo 59 del EBEP, serán admitidas las
personas con discapacidad, de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad
y de su inclusión social, siempre que superen los procesos selectivos y
acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las
tareas. El Ayuntamiento de Los Alcázares se reserva el derecho a someter
a los aspirantes propuestos por el Tribunal y antes de su nombramiento
como funcionarios a cuantas pruebas considere oportunas para adecuar el
cumplimiento de este requisito.
c. Tener cumplidos 16 años y no exceder en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso
al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado
o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
e. Estar en posesión de la Titulación académica de Arquitecto Técnico o grado
equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo
de presentación de instancias.
3.2.- Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el
desarrollo del proceso selectivo.
3.3.- La titulación académica a que se refiere la letra e), deberá estar
expedida por centros oficiales debidamente reconocidos. En el caso de titulación
obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio
de Educación.
3.4.- Instancias: Las instancias solicitando tomar parte en el proceso de
oposición, ajustadas al modelo previsto en el Anexo I de estas bases, y dirigidas
al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación Municipal, deberán presentarse en el
Registro General del Ayuntamiento de Los Alcázares, o en la forma prevista en
el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el
plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca
publicado el correspondiente anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Región de Murcia.{del 19 de junio al 8 de julio de 2015, a.i.}
En el caso de que no se presente en el registro de entrada de este
ayuntamiento sino en otros registros admisibles, se deberá remitir, dentro del
plazo de presentación, fax al número 968 574490, indicando dicha circunstancia
e identificando al aspirante, para su admisión. www.losalcazares.es
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