lunes, 8 de junio de 2015

premios "Miguel Hernández", edición 2015. (dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas)

Objeto y ámbito de aplicación. Convocar los premios «Miguel Hernández» correspondientes al año 2015, dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado que se distingan por ofrecer una educación y formación permanente innovadora de calidad a las personas adultas, su aportación eficaz en las diferentes formas de alfabetización, favorecer el acceso a la educación y la formación de los grupos socialmente desfavorecidos y en situación de vulnerabilidad, contribuir al desarrollo de las competencias básicas, desarrollar acciones cuyo objetivo sea mejorar el nivel educativo y la formación de este colectivo para facilitar el desarrollo personal, social y profesional en la actual sociedad del conocimiento y favorecer la formación de las personas mayores. Asimismo se reconocerán las acciones que contribuyan al incremento de la participación y permanencia en formación permanente, fomenten los sistemas de segunda oportunidad y mecanismos de apoyo a la incorporación de hábitos de aprendizaje permanente en la vida adulta y favorezcan la generalización del acceso a la información, asesoramiento y orientación a las personas adultas.
Destinatarios. Podrán concurrir a estos premios instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, de todo el Estado y centros públicos de educación de personas adultas que se hayan destacado por las actuaciones anteriormente mencionadas.
Plazo de presentación, solicitud de participación, subsanaciones, notificaciones, procedimiento y documentación. 1. Quienes, reuniendo las condiciones exigidas, deseen participar en esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:
https://sede.educacion.gob.es , sección «Trámites y Servicios».    ...
3 ....  b) En caso de no poseer DNI electrónico y, una vez cumplimentada la solicitud telemática y adjuntada toda la documentación preceptiva en formato PDF, se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel que, una vez firmado por el solicitante, se deberá presentar preferentemente en el registro auxiliar n.º 1 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte situado en el Paseo del Prado, n.º 28, o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. El impreso oficial que se presentará en el registro presencial incluye un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
4. El plazo de solicitudes, que se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»,finalizará el 21 de septiembre de 2015.

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