Objeto y ámbito de aplicación. La presente Resolución convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones públicas, cuyo objeto es realizar Estudios universitarios de postgrado sobre Género y Actividades del ámbito universitario relacionadas con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (seminarios, congresos, simposios, jornadas y foros de debate), siempre que estas actuaciones destaquen por su calidad y valor estratégico para la mejora del campus en el ámbito de la igualdad.
Finalidad y principios que rigen la concesión de subvenciones.1. En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con las áreas de actuación que se determinan en los objetivos del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, se hace necesario realizar una convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de Estudios universitarios de Postgrado sobre Género y Actividades del ámbito universitario relacionadas con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, que fomenten este principio de igualdad, de conformidad con los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad.
Entidades solicitantes: requisitos.1. Podrán ser solicitantes y perceptoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria todas las universidades públicas y privadas.
2. Para cada proyecto presentado deberá figurar una persona responsable de su ejecución, desde el punto de vista técnico. A la misma persona responsable técnica, no se le podrá conceder subvención para más de un proyecto de postgrado y un proyecto de actividades del ámbito universitario.
3. En orden a asegurar la cooperación y coordinación de la Administración General del Estado, en este caso el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades con las administraciones competentes en la materia de las Comunidades Autónomas, la solicitud presentada deberá ir acompañada de una Declaración, de la autoridad competente en ordenación universitaria de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la que se manifieste el respaldo y la toma en consideración de la realización de la actividad y/o postgrado solicitado, así como la pertinencia de su realización, lo que no prejuzga, ni vincula a ésta última en la financiación de la propuesta para la que se solicita subvención (anexo IX).
Presentación de solicitudes. Plazo. 1. Las solicitudes de subvención, dirigidas a la Directoradel Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, se formalizarán en los modelos oficiales que figuran como Anexos en la presente convocatoria. Para su cumplimentación, podrán descargarse los formularios que, a tal efecto, figuran incluidos en la página web de este Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.
2. La solicitud se formalizará y será presentada por el/la representante legal de la entidad a la que esté adscrita la persona responsable de la ejecución del programa del Estudio universitario de postgrado o de la Actividad del ámbito universitario y deberá estar firmada tanto por su representante legal, como por la persona física responsable del programa de Estudios universitarios de postgrado, o de la ejecución de la Actividad del ámbito universitario relacionada con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, que expresará, explícitamente, la petición de la concesión de una subvención al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades ...
4 El plazo de presentación será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de junio al 13* de julio de 2015, a.i.}
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