viernes, 26 de junio de 2015

ayudas Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

ÍNDICE
Título I.
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas de las siguientes modalidades de actuación del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, incluido en el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia en el marco del Plan Estatal de I+D+I:
1. Modalidad 1: Proyectos de I+D (en adelante, modalidad 1 o Proyectos Excelencia). Se trata de proyectos de investigación sin orientación temática predefinida consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de obtener resultados que representen un avance significativo del conocimiento. Estos proyectos se podrán realizar de forma individual o coordinada a fin de fomentar la creación de esquemas de cooperación científica más potentes de modo que permitan alcanzar objetivos que difícilmente podrían plantearse en un contexto de ejecución más restringido.
2. Modalidad 2: Proyectos «Explora Ciencia» y «Explora Tecnología» (en adelante, modalidad 2 o Proyectos Explora)Se trata de proyectos de investigación cuyos objetivos supongan una reevaluación de paradigmas establecidos, objetivos interdisciplinarios, búsqueda de nuevos conceptos y aplicaciones rompedoras en diferentes disciplinas científicas.
3. Modalidad 3: Acciones de dinamización Redes de Excelencia (en adelante, modalidad 3 o Redes Excelencia). Son actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a mejorar los resultados de investigación obtenidos mediante acciones financiadas en convocatorias anteriores del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011 y del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016, (Redes Temáticas y Redes CONSOLIDER); a fomentar la coordinación general de las redes de ICTS y las ICTS distribuidas (Redes ICTS); y a contribuir a la gestión y a la coordinación de agentes estratégicos de I+D+i nacionales o internacionales (Redes Estratégicas) en las que se incluyen las Alianzas de I+D+I, reconocidas como tales por el departamento ministerial competente en I+D+I en el momento de su constitución y enmarcadas en un sector identificado como prioritario en la «Declaración de intenciones» de la Alianza; las iniciativas FET Flagships reconocidas en la convocatoria piloto del VII Programa Marco de I+D+I y que se desarrollarán en el pilar de Ciencia Excelente de Horizonte 2020 y, por último, las Comunidades de Conocimiento e Innovación, KIC, en su sigla en inglés, reconocidas por el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología.
Artículo 2. Finalidad. Las actuaciones objeto de ayuda tienen como finalidad promover la generación de conocimiento científico sin orientación temática previamente definida y la investigación de calidad, evidenciada tanto por su contribución a la solución de los problemas sociales, económicos y tecnológicos como por la publicación de sus resultados en foros de alto impacto científico y tecnológico o la internacionalización de las actividades.
Pretenden contribuir a la consolidación de equipos de investigación con tamaño suficiente y masa crítica necesaria para afrontar los desafíos que la investigación española tiene en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, fomentando la participación de equipos de investigación amplios y con un elevado nivel de dedicación a cada actuación.
Sin renunciar al objetivo anterior, también se pretende apoyar líneas de investigación propias, innovadoras y prometedoras desarrolladas por jóvenes investigadores que se incorporan al sistema de I+D+I.
Se potencian los proyectos coordinados que hagan posible la creación de esquemas de cooperación científica más potentes, de modo que permitan alcanzar objetivos que difícilmente podrían plantearse en un contexto de ejecución más restringido.
Persiguen también el fomento de la investigación de carácter multidisciplinario que sea capaz de movilizar el conocimiento complementario de diversos campos científicos o que supongan una exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras.
En la modalidad 3, Redes Excelencia, se pretende que los grupos participantes en dichas redes puedan tanto planificar actividades conjuntas futuras como consolidar resultados de actividades de I+D+I anteriores, incluyendo aquellas desarrolladas en el marco de los Campus de Excelencia Internacional, para afrontar con garantías los desafíos que la investigación española tiene tanto en el ámbito nacional como en el internacional. El objetivo primordial de los nuevos tipos de redes, Redes ICTS y Redes Estratégicas, es ofrecer apoyo a las actividades de promoción internacional y posicionamiento estratégico, mediante la optimización de resultados y recursos, con la vocación de situar la investigación española, como eje fundamental de desarrollo económico y social, en la vanguardia de la ciencia y la tecnología, tanto a nivel nacional como internacional. En concreto, en las Redes Estratégicas internacionales se pretende apoyar a los nodos españoles de las Comunidades de Conocimiento e Innovación (KIC, en su sigla en inglés) del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT, en su sigla en inglés) y a las redes nacionales de promoción y organización de las actuales iniciativas FET Flagships de Horizonte 2020 en sus actividades de promoción internacional y posicionamiento estratégico.
Artículo 3. Régimen de concesión y normativa aplicable.
Capítulo II. Requisitos generales de los beneficiarios y del personal investigador.
Artículo 4. Beneficiarios.
Artículo 5. Pluralidad de beneficiarios.
Artículo 6. Obligaciones y responsabilidades de los beneficiarios.
Artículo 7. Cumplimiento de los requisitos generales del personal investigador.
Artículo 8. Condiciones específicas de realización de determinados proyectos.
Capítulo III. Aspectos generales del procedimiento de concesión.
Artículo 9. Órganos de instrucción y resolución del procedimiento de concesión.
Artículo 10. Comunicaciones entre la Administración y los interesados.
Artículo 11. Presentación de las solicitudes.
Artículo 12. Procedimiento de concesión y régimen de recursos.
Artículo 13. Modificación de la resolución de concesión.
Capítulo IV. Procedimiento de gestión, justificación y control.
Artículo 14. Pago de las ayudas.
Artículo 15. Régimen de justificación, seguimiento y control de las ayudas.
Título II. Disposiciones específicas.
Capítulo I. Modalidad 1: Proyectos de I+D.
Artículo 16. Finalidad de las ayudas.  Estas ayudas tienen por objeto:
1. La financiación de proyectos de investigación consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, aunque no existan perspectivas inmediatas de aplicación práctica y directa. Deben suponer un avance importante en el ámbito en el que se encuadren.
2. Fomentar los proyectos de investigación dirigidos por investigadores jóvenes, con trayectorias científicas prometedoras y que se inician en la dirección de proyectos.
3. Se pretende financiar proyectos de investigación que sean relevantes, ambiciosos, con alto impacto socioeconómico y de clara proyección internacional, evitando la fragmentación de grupos de investigación y fomentando las sinergias y la asociación de equipos en un proyecto único.
4. Finalmente, se pretende fomentar la programación conjunta con comunidades autónomas, facilitando que aquellas solicitudes de proyectos de I+D+I que, habiendo obtenido una evaluación favorable, no alcancen la prioridad necesaria para ser financiados, puedan recibir financiación en las convocatorias de proyectos de I+D+I de aquellas.
Estas actuaciones de programación conjunta se articularán, en su caso, mediante convenios con las comunidades autónomas.
En previsión de que se firmen estos convenios con comunidades autónomas, el informe de la comisión de evaluación contendrá, tal como se indica en el artículo 22.1.b.v, una relación de proyectos con calificación B que no habiendo alcanzado la prioridad suficiente para ser financiados sean susceptibles de serlo en las convocatorias que publiquen dichas comunidades.
A tal efecto, siempre que el solicitante lo acepte expresamente en el formulario de solicitud de esta convocatoria y concurra a la convocatoria de una comunidad autónoma con la que se haya suscrito un convenio de programación conjunta, podrá transferirse a dicha comunidad la evaluación efectuada.
Artículo 17. Características de los proyectos.
Artículo 18. Requisitos específicos del personal investigador.
Artículo 19. Modalidades, cuantía y financiación presupuestaria de las ayudas.
Artículo 20. Conceptos susceptibles de ayuda.
Artículo 21. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 2. El plazo de presentación de solicitudes dependerá del área temática de gestión que se elija en la solicitud para la evaluación del proyecto (véase anexo). En el caso de proyectos coordinados, el área temática de gestión seleccionada por el investigador principal coordinador determinará el plazo de presentación de la solicitud de todos los subproyectos.
a) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 29 de junio hasta el 20 de julio de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes al Departamento Técnico de Humanidades y Ciencias Sociales (DTHCS).
b) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 30 de junio hasta el 21 de julio de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes al Departamento Técnico de Ciencias de la Vida y Agroalimentación (DTCV).
c) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 1 hasta el 22 de julio de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes al Departamento Técnico de Medioambiente y Recursos Naturales (DTMA).
d) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 2 hasta el 23 de julio de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes al Departamento Técnico de Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones (DTPC).
Artículo 22. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 23. Criterios de evaluación.
Capítulo II. Modalidad 2: Proyectos «Explora Ciencia» y «Explora Tecnología».
Artículo 24. Finalidad de las ayudas. 1. Esta actuación tiene por objeto promover la ejecución de proyectos de investigación básica o tecnológica cuyos resultados puedan llegar a representar un avance significativo del conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques o metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los conocimientos generados, pudieran tener un marcado carácter transversal. Por ello, los proyectos Explora han sido diseñados para financiar la exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras.
2. El programa Explora trata de promover la curiosidad científica y la osadía intelectual en investigación fundamental y aplicada impulsando propuestas de investigación imaginativas y radicales cuya viabilidad pudiera ser considerada baja en programas convencionales porque chocan con ideas establecidas en su campo, y también propuestas tecnológicas arriesgadas que buscan «pruebas de concepto».
3. Los planes de trabajo de las actuaciones propuestas podrán ser de índole teórica o experimental.
4. Los objetivos de las propuestas han de suponer una reevaluación de paradigmas establecidos y aceptados, con proyección en diferentes ámbitos científicos o técnicos, en busca de nuevas soluciones y aplicaciones.
Artículo 25. Características de los proyectos.
Artículo 26. Requisitos específicos del personal investigador.
Artículo 27. Modalidad, cuantía y financiación presupuestaria de las ayudas.
Artículo 28. Conceptos susceptibles de ayuda.
Artículo 29. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 1. La forma de presentación de las solicitudes de ayuda será la establecida en el artículo 11.
2. Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el 8 hasta el 29 de septiembre de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Artículo 30. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 31. Criterios de evaluación.
Capítulo III. Modalidad 3: Acciones de dinamización «Redes de Excelencia».
Artículo 32. Finalidad de las ayudas. La finalidad de estas acciones de dinamización es fomentar la creación y el desarrollo de redes de investigación para impulsar las actividades relacionadas con la I+D+I, contribuir al avance del conocimiento y afrontar los desafíos que la investigación española tiene tanto en el ámbito nacional como en el internacional, especialmente en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, fomentando la cooperación de investigadores con trayectorias científicas consolidadas; favoreciendo el uso y la coordinación de infraestructuras de calidad contrastada incluidas en el mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares vigente durante el período del Plan Estatal de I+D+I; y apoyando el trabajo que desarrollan diversas entidades en la consecución de los objetivos establecidos en Redes Estratégicas, tanto a nivel nacional como internacional.
Se pretende que los grupos participantes en Redes Temáticas y en Redes CONSOLIDER puedan tanto planificar actividades conjuntas futuras como consolidar resultados de actividades de I+D+I anteriores. Además, se pretende fortalecer las agregaciones de universidades entre sí y con otros agentes del sistema científico y tecnológico, en especial Redes Temáticas de grupos participantes en proyectos de los Campus de Excelencia Internacional. En las Redes ICTS se persigue la sostenibilidad como foros estratégicos de coordinación de las infraestructuras más relevantes del país, que ofrecen acceso abierto competitivo a la comunidad científica y tecnológica de su área de conocimiento y actividad. Con las Redes Estratégicas se pretende financiar instrumentos que ayuden a coordinar las actividades de los diferentes agentes participantes en la cadena de valor de la I+D+I, tanto a nivel nacional, en el caso de las Alianzas de I+D+I, como a nivel internacional, en el caso de las FET Flagships de Horizonte 2020 y las KIC (sigla en inglés de las Comunidades de Conocimiento e Innovación).
Artículo 33. Características y tipos.
Artículo 34. Requisitos específicos del personal investigador.
Artículo 35. Modalidad, cuantía y financiación presupuestaria de las ayudas.
Artículo 36. Conceptos susceptibles de ayuda.
Artículo 37. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 1. La forma de presentación de las solicitudes de ayuda será la establecida en el artículo 11.
2. Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el 13 hasta el 30 de julio de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Artículo 38. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 39. Criterios de evaluación.
Disposición adicional única. Recursos contra la convocatoria.
Disposición final única. Efectos.

Anexo.

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