sábado, 5 de febrero de 2011

Agente de la Propiedad Industrial: examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional y del conocimiento del

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Agentes de la Propiedad Industrial
Resolución de 28 de enero de 2011, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convoca el examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español para el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial a ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
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Convocar el examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español para el ejercicio en España de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial por parte de profesionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con título obtenido en alguno de dichos Estados, y ello con sujeción a las siguientes Bases de las convocatorias
1.
Normas generales.- 1.1 Se convoca examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial.
1.2 Asimismo, se convoca el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español para el ejercicio en España de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial por parte de profesionales de un Estado miembro de la Unión Europea y otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo con título obtenido en alguno de dichos Estados.
1.3 Los exámenes de ambas convocatorias se celebrarán en Madrid de manera conjunta y simultánea.
1.4 El programa para las pruebas a que se refiere el número 1.1 precedente es el que figura en el Anexo III de esta convocatoria.
1.5 El programa de las pruebas a que se refiere el número 1.2 precedente es igualmente el que figura en el Anexo III de esta convocatoria, con excepción de los temas incluidos en el Grupo III, de los que se exime a los aspirantes a esta convocatoria.
2. Requisitos.- 2.1 A las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 podrán concurrir los candidatos que posean, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Ser español o tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener dieciocho años cumplidos.
c) No estar procesado ni haber sido condenado por delitos dolosos, excepto si se hubiera obtenido la rehabilitación.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión, o en condiciones de obtener, el justificante del Ministerio de Educación que acredite la homologación a Grado de dicho título.
2.2 A las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.2 podrán concurrir los candidatos que posean, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
b) Haber obtenido resolución estimatoria del Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas declarando que los títulos, diplomas o certificados aportados por los aspirantes acreditan su cualificación con respecto a la propiedad industrial en el país de origen, dentro del procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales regulado en la Orden ITC/2505/2010, de 22 de septiembre.
2.3 Los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a excepción de la credencial a la que se refiere el apartado d) de la base 2.1 la cual, en caso de que el aspirante haya sido declarado apto, deberá presentarse en el plazo señalado en la base 7.3.
3. Solicitudes.- 3.1 Quienes deseen participar en las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 o base 1.2. podrán realizar la presentación de solicitudes, a través de la Sede Electrónica de la OEPM, (https://sede.oepm.gob.es) dentro del plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 5 de febrero al 4 de marzo de 2011, a.i.}

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