miércoles, 16 de febrero de 2011

subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura para el ejercicio 2011.

Subvenciones
Resolución de 31 de enero de 2011, del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura para el ejercicio 2011.
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Objeto, condiciones, finalidad y características de las subvenciones.
1. El objeto de esta resolución es la convocatoria de las subvenciones para acciones relativas al desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, para el ejercicio 2011, cuando éstas sean promovidas por varios interesados, radicados en más de una comunidad autónoma, o se trate de acciones cuyo ámbito de promoción sea el territorio nacional.
2. Las condiciones y la finalidad de estas subvenciones son las establecidas en la Orden APA 920/2008, de 25 de marzo, relativas al desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 81, de 3 de abril, y modificada por la Orden ARM 3407/2010, de 22 de diciembre, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 y 24 de enero de 2011.
3. Sus características son las que se recogen en las mencionadas bases, pudiendo ser objeto de subvención las acciones que se recogen en el artículo 3 de la orden citada.
4. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
Requisitos y su acreditación.–Los requisitos que deberán reunir los solicitantes son los señalados en el artículo 2 de la orden que estableció las bases reguladoras, y su acreditación se realizará según determina el artículo 12 de la misma.
Presentación de solicitudes, plazos e instrucción.–De conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 de la orden que aprobó las bases reguladoras, las solicitudes se dirigirán a la Presidencia del FROM y su plazo de presentación será de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria.{del 17 de febrero al 16 de marzo de 2011, a.i.}
Los restantes plazos a que se refiere la orden de bases serán los siguientes:
1. El periodo de tiempo de ejecución de las acciones, a que se refiere el artículo 2 de las bases será el comprendido entre los días 16 de noviembre de 2010 y 15 de noviembre de 2011.
2. La fecha establecida en el artículo 12.1 de las bases, no más tarde de la cual habrá que realizar los pagos de las acciones, será la de 15 de noviembre de 2011.
3. La fecha establecida en el artículo 12.2 de las bases, no más tarde de la cual deberán presentarse los justificantes originales de los gastos realizados y la memoria justificativa, será la de 15 de noviembre de 2011.

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