jueves, 24 de febrero de 2011

ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información, dentro del Plan Naciona

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Ayudas
Orden ITC/362/2011, de 21 de febrero, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
PDF (BOE-A-2011-3647 - 71 págs. - 1408 KB)
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Objeto de la Orden.–Esta Orden tiene por objeto el establecimiento de las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, para la realización de proyectos y acciones en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
Ámbito material. 1. El ámbito material de la presente orden se circunscribe a las líneas instrumentales definidas en la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y a otras actuaciones para el desarrollo de la Sociedad de la Información incluidas dentro de la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza2, aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de julio de 2010.
2. El ámbito material de esta orden se articula en torno a las siguientes áreas y programas:
2.1 Área temática de Fomento del Uso y Confianza en Internet:
2.1.1 Programas «Uso de servicios digitales (mayores, dependientes y ONGs)» y «TIC por la Igualdad»: Subprograma Avanza Ciudadanía Digital.
2.1.2 Programa «Formación TIC Profesionales y Autónomos»: Subprograma Avanza Formación.
2.2 Área temática de Impulso de la Industria TIC Española en Sectores Estratégicos:
2.2.1 Programa «Desarrollo Industria TIC Española»: Subprograma Avanza Competitividad I+D+I.
2.2.2 Programa «TIC y Sostenibilidad»: Subprograma Avanza TIC Verdes.
2.2.3 Programa «Plan de Contenidos Digitales»: Subprograma Avanza Contenidos Digitales.
Ámbito temporal.–La vigencia de la presente orden irá desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 31 de diciembre de 2011, fecha en la que finaliza la eficacia del mencionado Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
Ámbito geográfico. 1. Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en la totalidad o parte del territorio nacional.
2. A efectos de la distribución regional de las ayudas correspondientes a los subprogramas Avanza Competitividad (I+D+I), Avanza TIC Verdes y Avanza Contenidos Digitales, los criterios de valoración de las solicitudes tendrán en cuenta las actuaciones previstas en los programas operativos de aplicación de fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) cuya gestión haya sido encomendada a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
3. Asimismo, los criterios de valoración de las solicitudes correspondientes al subprograma Avanza Formación darán prioridad a las actuaciones previstas en el programa operativo «Adaptabilidad y Empleo» del Fondo Social Europeo (FSE).
Objetivos. 1. Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos de la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza2, así como los propios de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios:
1) Incrementar el uso avanzado de servicios digitales por la ciudadanía.
2) Desarrollar las capacidades tecnológicas del sector TIC.
3) Fortalecer el sector de contenidos digitales.
4) Desarrollar las TIC verdes.
Portal de ayudas alojado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (https://sede.mityc.gob.es)
Solicitudes y plazo de presentación. 1. El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día de inicio de la eficacia de la resolución de convocatoria y no podrá ser inferior a 20 días ni superior a 45. Las fechas de finalización del plazo de presentación de solicitudes para cada subprograma se señalarán en la convocatoria.
2. El formulario de solicitud y los documentos electrónicos necesarios para cumplimentar y presentar las solicitudes de ayudas estarán disponible en el Portal de ayudas ubicado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (https://sede.mityc.gob.es). La solicitud consta de dos elementos indisociables: La solicitud-cuestionario de ayuda y la memoria del proyecto o acción. La solicitud-cuestionario se cumplimentará necesariamente con los medios electrónicos de ayuda disponibles en la referida dirección de Internet de acuerdo con las instrucciones publicadas a tal efecto en el mencionado portal de ayudas.

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