domingo, 11 de diciembre de 2011

100 becas de Introducción a la Investigación para estudiantes universitarios, en el marco del Programa «Junta para la Ampliación de Estudios».

Resolución de 17 de noviembre de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de Introducción a la Investigación para estudiantes universitarios, en el marco del Programa «Junta para la Ampliación de Estudios».
1. Objeto de la convocatoria La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 100 becas de Introducción a la Investigación para alumnos que estén realizando cursos intermedios de una carrera Universitaria de grado superior. Las becas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad. El plan de trabajo de estas becas se desarrollará en los Centros o Institutos, propios o mixtos, del CSIC, bajo la dirección de los investigadores de su plantilla o pertenecientes a los Centros mixtos.
2. Plazo de solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE de esta Resolución.{del 11 de diciembre de 2011 al 9 de enero de 2012,a.i.}
3. Solicitantes Podrán solicitar las becas objeto de la presente convocatoria los españoles, los nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea y los extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener aprobados más del 40% y menos del 70% de los créditos correspondientes a su titulación. En el caso de titulaciones divididas en ciclos, el número total de créditos de la titulación será la suma de los correspondientes a ambos ciclos. Si el plan de estudios de la Universidad contempla que el acceso a la titulación superior pueda realizarse desde una titulación de grado medio cursada en la misma o en distinta Universidad, el número total de créditos necesarios para obtener la titulación se calculará como la suma de los créditos necesarios para superar los estudios de grado medio más los necesarios para superar el ciclo superior.
b) Estar matriculado durante el curso 2011-2012 en una Facultad o Escuela Técnica Superior Universitaria en asignaturas que sumen un número total de créditos igual o superior a 50.
El número total de créditos en que esté matriculado o pueda matricularse el solicitante durante el curso 2011-2012, sumado al número de créditos que tenga aprobados en la fecha de solicitud de la beca, deberá ser inferior al número total de créditos requeridos para obtener la titulación. Estos créditos matriculados, no computaran a efectos del cálculo de porcentaje de créditos, referido en el punto 3.a) aunque hayan sido aprobados durante el curso 2011-2012.
c) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero Superior o Arquitecto.
d) Haber obtenido una nota media igual o superior a 1,50 para alumnos de Escuelas Técnicas Superiores y a 2 para alumnos del resto de enseñanzas, después de aplicar el siguiente baremo: Aprobado=1, Notable=2, Sobresaliente=3 y Matrícula de Honor=4. El cálculo de la nota media se hará sobre las calificaciones de la totalidad de créditos aprobados desde el inicio de los estudios hasta los aprobados en el curso 2010-2011.
e) No estar incapacitado físicamente ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
f) No haber sido beneficiario de una beca de Introducción a la Investigación dentro del programa JAE.
5. Formalización de solicitudes Las solicitudes se efectuarán utilizando los medios telemáticos que estarán disponibles en los servidores de información del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, https://sede.csic.gob.es.
Los solicitantes deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso de los medios telemáticos. Dichas páginas, con la firma original, junto con la documentación adicional que se relaciona a continuación, se presentarán, dirigidas al Presidente del CSIC, en el Registro General del CSIC, c/ Serrano, n.º 117, 28006 Madrid, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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