martes, 24 de abril de 2012

ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.

Resolución de 17 de abril de 2012, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
Objeto..- El objeto de esta resolución es la convocatoria para el año 2012 de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
Bases reguladoras.- Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre.
Requisitos y acreditación. Los requisitos que deberán reunir los beneficiarios son los enumerados en los artículos 3 y 4 de la orden que estableció las bases reguladoras, que deberán acreditarse presentando la documentación enumerada en el anexo II de la misma. 
Plazos. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 25 de abril al 24 de mayo de 2012,a.i.}
El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.
PDF (BOE-A-2012-5448 - 3 págs. - 194 KB)


1 comentario:

  1. La ayuada a los de mayor edad no llega
    La concesión de estas ayudas parece que está condicionada por la existencia de crédito suficiente a la hora de concederlas y si abandonas la actividad por edad tienes menos preferencia que cualquier incapacidad absoluta o parcial ¿Llegará a los mayores?

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