lunes, 18 de febrero de 2013

Bolsas de Trabajo: Fisioterapeutas e Inspección Médica (médicos). Govern de les Illes Balears (Eivissa i Menorca)

1. Aprobar la convocatoria de un concurso para constituir las bolsas extraordinarias de personal funcionario interino que se indican a continuación:
Cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, Especialidad inspección médica, en la isla de Ibiza
Cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, Especialidad fisioterapeuta, en la isla de Menorca
2. Aprobar las bases que regirán esta convocatoria y que se adjuntan como anexo 1 de esta resolución, de acuerdo con el baremo de méritos que se especifica en el anexo 2.
ANEXO 1 - Bases de la convocatoria
1. Normas generales
. 1.1.
El objeto de estas bases es regular la convocatoria de unas bolsas extraordinarias para cubrir, con carácter de interinidad, plazas del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad inspección médica, en la isla de Ibiza, y del cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad fisioterapeuta, en la isla de Menorca.
1.2. La selección de los candidatos se efectuará mediante un concurso, que consistirá en la valoración de los méritos que detalla el anexo 2 de esta convocatoria.
1.3. La realización de este proceso selectivo se regula por estas bases de acuerdo con el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y se ajusta a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución española, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y el Decreto 36 / 2004, de 16 de abril, por el que se regula el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad a la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. Reserva para personas con discapacidad. 2.1. La Consejería de Administraciones Públicas adoptará las medidas necesarias para cumplir lo previsto en la normativa vigente con el fin de facilitar el acceso como personal funcionario interino de los candidatos con discapacidad.
A tal efecto, se debe ofrecer a los candidatos de las bolsas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%, el 5% del total de puestos de trabajo que resulten vacantes. A tal efecto se les deben ofrecer las vacantes número 10 y las posteriores de veinte en veinte de la bolsa, es decir, los lugares número 30, 50, 70, etc., y así sucesivamente. Sin embargo, se les deben ofrecer también puestos de trabajo cuando, por la puntuación obtenida en el proceso selectivo, les corresponda.
En todo caso, el ofrecimiento estará supeditado a que la discapacidad del candidato en cuestión sea compatible con las tareas del puesto.
2.2. Para gestionar mejor la reserva para personas con discapacidad de la bolsa convocada, se constituirá una lista específica de personas con discapacidad, por orden de prelación, de cada una de las islas donde haya candidatos que hayan acreditado esta condición.
3. Requisitos y condiciones de los aspirantes. Para participar en esta convocatoria, los interesados deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes, y deben estar en posesión de los mismos durante todo el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española o alguna otra en los casos que, de acuerdo con el artículo 57 del EBEP, se permita el acceso al empleo público.
b) Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
En el caso de nacionales de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.
d) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal en la forma que establece la base 4.4.d). De acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 14/1998, de 23 de diciembre, de diversas medidas tributarias y administrativas, quedan exentas del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%.
e) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponde la bolsa específica a la que optan.
f) Estar en posesión del título académico o nivel de titulación exigidos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, será necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, debe presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1665/1992 y otras normas de transposición y desarrollo.
Los títulos exigidos para participar en las bolsas convocadas son los siguientes:

- Cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad inspección médica:
Título de grado, licenciatura, o el correspondiente al segundo ciclo de enseñanza universitaria de medicina, o uno equivalente.
- Cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad fisioterapeuta:
Título diplomatura o el correspondiente al primer ciclo de enseñanza universitaria de fisioterapia, o uno equivalente.
4. Solicitudes. 4.1. Los interesados en participar en el concurso deberán presentar una solicitud para cada una de las especialidades y de las islas a las que quieren participar, siempre que las bolsas se convoquen por más de una isla.
Los impresos de solicitud para participar en la convocatoria están a disposición de los interesados en la EBAP, en todas las consejerías, en los consejos insulares de Menorca, de Ibiza y de Formentera y en la dirección de Internet http://www.caib.es.
Se recomienda rellenar la solicitud a través de Internet, a efectos de agilizar la gestión, de acuerdo con las instrucciones siguientes:
- La web http://oposicions.caib.es ofrece la posibilidad de rellenar y de imprimir las solicitudes a través de Internet.
- El interesado tiene que rellenar el formulario con los datos correspondientes a cada apartado, siguiendo las instrucciones que se indican.
- El sistema comprobará la coherencia de los datos introducidos, para lo cual indicará los errores en relación con la convocatoria correspondiente.
- La solicitud así rellenada tiene que imprimirse y tiene que presentarse en el registro público apropiado.
- Asimismo, se puede rellenar el documento de ingreso para el pago de la tasa de servicios de selección de personal en la web http://oposicions.caib.es. La aplicación mostrará el modelo correspondiente a la liquidación de la tasa y el interesado tiene que rellenar el formulario con los datos de la operación que se le pidan.
- A continuación, el usuario puede imprimir el documento y efectuar el pago en una de las entidades colaboradoras que figuran en el modelo, o hacer el pago telemático, mediante banca electrónica, siempre que el interesado tenga una cuenta operativa por vía telemática en alguna de las entidades bancarias, cuyos anagramas aparecen en la pantalla. La aplicación indicará también la forma de llevar a cabo este pago electrónico. Una vez que el pago se haya efectuado correctamente, se incorporará en el modelo del documento de ingreso el justificante del pago efectuado.
- En todo caso, el justificante del pago de la tasa debe adjuntarse a la solicitud de participación en el proceso selectivo.
4.2. Los candidatos deben declarar que tienen las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponde la bolsa específica a la que optan.
4.3. Las solicitudes y demás documentación se presentarán en el registro de la EBAP, de la Consejería de Administraciones Públicas o en alguna otra de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
4.4. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. [Núm. 22, 14 de febrero de 2013] {del 15 de febrero al 4 de marzo de 2013, a.i.}
4.5. Junto con la solicitud rellenada adecuadamente, los candidatos deben adjuntar:
a)
Fotocopia del documento nacional de identidad o, en el caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).
b) Fotocopia compulsada del título académico exigido para formar parte de la bolsa del cuerpo solicitado (anverso y reverso del título). El justificante de pago de los derechos de expedición del título sólo tiene validez hasta la expedición del título. Se presumirá que el título ha sido expedido cuando hayan transcurrido más de dos años desde la emisión del justificante del pago de los derechos de expedición del título y, en este caso, los candidatos quedarán excluidos y deberán acreditar el título en el plazo de subsanación de las deficiencias en la solicitud establecido en la base 5, o justificar mediante un certificado de la Universidad correspondiente que el título aún no ha sido expedido.
c) Resguardo acreditativo del pago de la tasa correspondiente en el cual debe figurar el sello de la entidad bancaria que justifique el pago mencionado. El importe de la tasa es de 13,4 euros. Este importe se ingresará mediante un documento unificado de ingreso (DUI) habilitado al efecto-que se encuentra a disposición de los interesados en la web http://oposicions.caib.es, en las unidades de personal de todas las
consejerías del Gobierno de las Islas Baleares-o en los bancos o las cajas que se enumeran a continuación:
Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona "La Caixa"
Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Baleares "Sa Nostra"
BBVA
Banco de Crédito Balear
Banca March

d) Declaración responsable de los candidatos de que cumplen con el requisito de tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponde la bolsa específica a la que optan.
e) Para los candidatos con discapacidad igual o superior al 33%, un certificado de los equipos multiprofesionales de la Dirección General de Familia, Bienestar Social y Atención a Personas en Situación Especial o del organismo público equivalente sobre las condiciones personales de aptitud para ejercer las funciones correspondientes al cuerpo de la bolsa a la que el candidato aspira y que debe expresar que se encuentra en condiciones de cumplir las tareas fundamentales del cuerpo mediante, si corresponden a juicio de la Administración, las adaptaciones necesarias del puesto de trabajo.
f) La indicación de una dirección electrónica o un teléfono a efectos de comunicación con la Consejería de Administraciones Públicas.
g) La documentación acreditativa de los méritos alegados, en la forma establecida en la base 6 de esta convocatoria.
5. Admisión de los candidatos ...

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