miércoles, 27 de febrero de 2013

borsa de treball especifica per a substitucions temporals, en llocs de treball de fisioterapeuta, a la província de Castelló. // bolsa de empleo especifica para sustituciones temporales, en puestos de trabajo de Fisioterapeuta, en centros especializados en atención de mayores (CEAM) de la provincia de Castellón.

Primero. 1. Convocar la constitución de la bolsa de empleo temporal específica para sustituciones temporales en los puestos de trabajo correspondientes a la categoría de fisioterapeuta con destino en la provincia de Castellón, que tengan por objeto la sustitución del personal por incapacidad temporal, permiso por maternidad, adopción o acogimiento de menores, permiso por matrimonio, permiso por lactancia, reducciones de jornada, licencias sin retribución, planes de vacaciones, permisos sindicales, permisos por campaña electoral y acumulación de tareas, en puestos de atención directa del ámbito de la Dirección Territorial, de Bienestar Social de Castellón, de conformidad con lo que establece la Orden del 17 de enero de 2006, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.
2. Características de los puestos:
Categoría: Fisioterapéutas.
NA: Funcionarial.
Sector: Estatutario.
Grupo: B/A2
Titulación:  Estar en posesión del título de Ayudante Técnico Sanitario en la especialidad de Fisioterapia, Diplomado en Fisioterapia o equivalente* o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Características:   Dada la tipología de centros en los que se realizarán las sustituciones (atención directa, abiertos las 24 horas del día), el régimen de trabajo es a turnos: mañanas, tardes, noches, fines de semana, festivos.
*Las equivalencias de los títulos alegados deberán justificarse por las personas interesadas.
3. Las sustituciones se realizarán en residencias y centros para personas mayores dependientes, residencias para personas con discapacidad y en centros especializados en atención de mayores (CEAM)
Las funciones que se desempeñarán son las inherentes al puesto, entre otras:
– Realizar tratamientos rehabilitadores, en sus distintas modalidades prescritos por el médico al equipo multiprofesional o técnico.
– Evaluar la eficacia de los tratamientos efectuados.
Sexto. 1. Los aspirantes presentarán la solicitud de inscripción, la hoja de la autobaremación, la documentación acreditativa de los méritos alegados y la acreditación de la titulación requerida para el desempeño del puesto, todo ello debidamente compulsado.
En el caso de no presentar la documentación a que se hace referencia en el párrafo anterior por constar su inscripción en el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat, deberá hacerse expresa declaración de ello en la solicitud de inscripción.
2. La documentación requerida deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de a presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana,{del 28 de febrero al 11 de marzo de 2013, a.i.} en las sedes de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social de Castellón o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La Comisión Delegada Específica de Seguimiento de Bolsas de Empleo Temporal, prevista en el apartado segundo de la resolución de esta Subsecretaria de fecha 1 de febrero de 2006 (DOGV 5194, 8.02.2006), analizará las solicitudes presentadas y efectuará la baremación de los méritos alegados, procediendo a la ordenación del personal en la bolsa de acuerdo con la puntuación obtenida. Una vez baremados, la composición provisional de la bolsa se hará pública en la página web de la Conselleria de Bienestar Social y en los tablones de anuncios de la sede central y Dirección Territorial de Castellón de esta conselleria.
4. En el supuesto de que el número de solicitudes que se presente sea muy numeroso en relación a los puestos que se prevea cubrir, la Comisión Delegada Específica, podrá establecer el número total de personas que deban integrar la bolsa, por lo que podrá adoptar el criterio de no baremar a los aspirantes que no superen una determinada puntuación mínima según el autobaremo presentado.
 

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