domingo, 28 de septiembre de 2014

7 plazas del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía para personas con discapacidad intelectual (C2.1000)

Primera. Normas generales. 1. Se convoca proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, para cubrir 7 plazas en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía, para personas con discapacidad intelectual.
3. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, en la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar y en el Instituto Andaluz de Administración Pública así como en su página Web :
4. El contenido del ejercicio de la oposición versará sobre el Temario que se aprueba en la presente Resolución y que figura como Anexo II. 
5. El Instituto Andaluz de Administración Pública publicará un manual con el contenido de los temas que componen el programa de materias. Este manual estará a disposición de las personas aspirantes en la página web del citado organismo:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.. 1. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo por el sistema de acceso libre para acceder al Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía, para personas con discapacidad intelectual, deberán reunir los siguientes requisitos:
1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en la Ley 7/2007, de 12 de abril. 
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 
1.3. Estar en posesión de la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o cualquier titulación equivalente a la misma.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
1.4. Tener reconocida oficialmente una discapacidad intelectual, en grado igual o superior al 33%, con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.5. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía.
1.6. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo y Especialidad convocado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.
Los certificados a los que se hace referencia en los apartados 1.4 y 1.5 de la presente base deben ser emitidos por el órgano competente de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales u órganos similares de otras Administraciones Públicas. 
El certificado oficial que acredite la condición de persona con discapacidad debe entregarse, mediante original o copia compulsada, junto con la solicitud de participación. En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización del interesado en la correspondiente solicitud de participación. 
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base séptima de esta convocatoria. 
Tercera. Solicitudes y plazo de presentación.1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, que 
se ajustará al modelo oficial publicado como Anexo IV. 
2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía {del 20 de septiembre al 13 de octubre de 2014, a.i.}, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.
3. Quienes deseen participar identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta convocatoria, 
consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000).
4. Las personas participantes con discapacidades adicionales podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la oposición, manifestándolo en el apartado «observaciones» de su solicitud.
5. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a entidades de Derecho Público, quienes deseen participar en este proceso selectivo están exentos del abono de la tasa por inscripción en la Convocatoria.
6. Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal interino prevista en el artículo 28 
del Decreto 2/2002, de 9 de enero, deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicio como personal funcionario interino.
7. La presentación de las solicitudes se podrá realizar por cualquiera de los procedimientos siguientes:
7.1. Presentación telemática:
7.1.1. La presentación electrónica se realizará ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la página Web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica). En la citada página figurarán el procedimiento detallado para la presentación de la solicitud así como las respuestas a las preguntas más frecuentes formuladas sobre la tramitación.
7.1.2. La solicitud presentada ante el Registro Telemático único de la Junta de Andalucía no podrá ser modificada en ningún caso, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
7.1.3. Las personas que hayan optado por la presentación telemática de su solicitud deberán dirigir al 
Instituto Andaluz de Administración Pública, dentro del plazo de presentación de solicitudes, el certificado al que se hace referencia en la base segunda 1.4., emitido por el órgano y la Administración competentes junto con la fotocopia compulsada del justificante de la recepción de su solicitud de participación en el proceso selectivo que genera el sistema tras la presentación telemática.
7.1.4. En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.
7.2. Presentación manual.
7.2.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial publicado como Anexo IV de la presente Resolución, el cual podrá ser fotocopiado por las personas aspirantes. 
En la página Web del Instituto Andaluz de Administración Pública, (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) podrá cumplimentarse la solicitud para su posterior impresión y presentación.
7.2.2. Cada solicitud presentada de forma manual debe ir acompañada por:
- El Certificado Oficial que acredite la discapacidad alegada.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda al 
órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación. 
7.2.3. Las solicitudes se presentarán en los Registros Generales del Instituto Andaluz de Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las diferentes provincias y de la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificadas.

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