martes, 23 de septiembre de 2014

bolsa de trabajo de Arquitectos/as Técnicos. Ayuntamiento de Onda (Plana Baixa-Castelló)

1. OBJETO.Es objeto de las presentes bases establecer las normas rectoras para la formación de una bolsa de empleo temporal de arquitectos/as técnicos encuadrados en la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico medio, grupo A, subgrupo A2, para la provisión temporal en los supuestos de vacantes, sustitución y contingencias que afecten al personal con reserva de puesto de trabajo y otras necesidades de carácter temporal por causas legalmente establecidas.
2. SISTEMA DE SELECCIÓN. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
3. REQUISITOS DE LOS/LAS ASPIRANTES. Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o alguna otra que, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 10/2010, 2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana permita el acceso al empleo público.
b) Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquélla otra que pueda establecerse por ley.
c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d) No haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. La homologación y/o equivalencia de cualquier título deberá aportarla la persona interesada, debidamente acreditada por la autoridad competente. 
4. SOLICITUDESQuienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán solicitarlo durante el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón,{del 21 al 30 de septiembre de 2014, a.i.} mediante solicitud dirigida a la alcaldía en la que harán constar, además de las circunstancias personales, que se reúnen los requisitos exigidos en la Base Tercera. 
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, a través de la web municipal www.onda.es o de cualquiera de las restantes formas que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso la persona interesada deberá comunicarlo al ayuntamiento, adjuntando copia de toda la documentación presentada, al FAX 964604133. Si no se recibe dicha comunicación dentro del plazo de presentación de solicitudes, no podrá ser admitido en el proceso selectivo.
Las condiciones expresadas deberán mantenerse a lo largo del proceso selectivo durante el cual las personas interesadas podrán ser requeridas para efectuar las comprobaciones que se estimen oportunas.
A la solicitud se acompañará:
a) Copia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación exigida.
c) Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen. d) Original o copia compulsada de los méritos alegados.
5. DERECHOS DE EXAMEN. Los derechos de examen se fijan en 24,00 €, según la Ordenanza Fiscal de aplicación, que se harán efectivos mediante autoliquidación.La falta de justificación del abono, dentro del periodo de presentación de solicitudes, de los derechos de examen, determinará la exclusión del aspirante

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