Objeto y finalidad. Esta Resolución tiene por objeto el convocar la concesión del premio Reina Sofía 2014, de Tecnologías de la Accesibilidad, en régimen de concurrencia competitiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en La Orden SSI/803/2014, de 6 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de este premio.
La finalidad de este premio es recompensar bien una labor continuada de una persona física o jurídica llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a cinco años, o premiar un proyecto con perspectiva de continuidad, en ambos casos siempre en el campo de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación para las personas con discapacidad apoyando la igualdad de oportunidades y la inclusión tecnológica.
Beneficiarios. Podrán concurrir a este premio las personas físicas o jurídicas, tanto de forma individual como conjunta o con trabajos de equipo, o cualquier entidad de gestión pública o privada inscrita en territorio español, excluyendo a las entidades que forman parte del Patronato de la Fundación Centro Nacional de Tecnologías de la Accesibilidad (en adelante CENTAC), las participadas económicamente por ellas o, cualquier entidad, lucrativa o no, cuya actividad principal coincida con las mismas.
Cuantía. El premio Reina Sofía, de Tecnologías de la Accesibilidad, consiste en una dotación de 20.000€, financiada al 50 % por la Fundación CENTAC y el Real Patronato sobre Discapacidad.
El importe del Real Patronato sobre Discapacidad, que asciende a 10.000€ lo será con cargo a la aplicación 26.06.231F.48300 de presupuestos de gastos del organismo para 2014.
El premio podrá concederse «ex aequo» o, en su caso, declararse desierto si se considera que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes para ser galardonados.
Solicitud, plazo de presentación, documentación y subsanación de errores. 1. La solicitud de participación, dirigida a la Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad y suscrita por el solicitante o solicitantes en el caso de personas físicas y por sus representantes autorizados en el de las personas jurídicas, deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en el Anexo de la presente Resolución y, junto con la restante documentación requerida, se presentarán en el Registro General del organismo, calle de Serrano, 140. 28006 Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, y conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, las solicitudes podrán presentarse también por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
2. Plazo de presentación: El plazo de presentación será de cuarenta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 13 de septiembre al 29 de octubre de 2014, a.i.}
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