lunes, 29 de septiembre de 2014

Resolución Aprobación Ponencias de Valores Parciales de los municipios de Els Poblets, Gaianes, Xàbia/Jávea, Rojales, Tárbena y Teulada.”. Gerencia Territorial del Catastro de Alicante.

I. ADMINISTRACIÓN CENTRAL
GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO DE ALICANTE
RESOLUCIÓN APROBACIÓN PONENCIAS DE VALORES PARCIALES DE LOS MUNICIPIOS DE ELS POBLETS, GAIANES, XÀBIA/JÁVEA, ROJALES, TÁRBENA Y TEULADA
Por Resolución de 29 de septiembre de 2014, el Gerente Territorial del Catastro de Alicante ha adoptado el siguiente acuerdo:
“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo (BOE núm. 58, de 8 de marzo) y 4.1 del R.D. 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (BOE núm. 24, de 28 de enero) y el apartado d) del artículo 12.1 de la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se desarrolla el Real Decreto 290/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda (BOE núm. 63, de 14 de marzo), esta Gerencia Territorial acuerda aprobar las Ponencias de Valores Parciales de los municipios de Els Poblets, Gaianes, Xàbia/Jávea, Rojales, Tárbena y Teulada.”
Dicho acuerdo supone la iniciación del procedimiento de valoración colectiva de carácter parcial en los citados municipios.
Las ponencias de valores parciales a que se hace referencia, estarán expuestas al público, de lunes a viernes, dentro del horario ordinario de atención al público, en la Gerencia Territorial del Catastro de Alicante calle Reyes Católicos nº 39, de Alicante durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[del 30 de septiembre al 17 de octubre de 2014, a.i.]
Contra el mencionado acuerdo podrá interponerse reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que finalice el período de exposición pública.{del 18 de octubre al 17 de noviembre de 2014, a.i.} No obstante, se podrá interponer directamente ante el Tribunal Económico Administrativo Central.
Con carácter potestativo y previo a dicha reclamación, podrá interponerse recurso de reposición en el mismo plazo ante el Gerente Territorial del Catastro, no siendo posible la interposición simultánea de ambos recursos.
La reclamación económico-administrativa o el recurso de reposición indicados deberán dirigirse en todo caso a la Gerencia Territorial del Catastro.
Alicante, a 29 de septiembre de 2014

GERENTE TERRITORIAL DE ALICANTE,

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