Agosto de 2014
Tipos de referencia1
A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS):
Plazos . . . . . . . Porcentaje
Dos años . . . . . . . . . . 0,309
Tres años . . . . . . . . . 0,370
Cuatro años . . . . . . . . 0,463
Cinco años . . . .. . . . . 0,580
Siete años. . . . . . . . . 0,853
Diez años . . . . . . . . . 1,243
Quince años . . . . . . . 1,648
Veinte años . . . . . . . . 1,825
Treinta años . . . . . .. . 1,916
B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial que se ha de aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de un año1 . . . . Porcentaje: 0,174
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1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio («BOE» de 6 de julio).
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