Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas
en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases
comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas
de la Administración General del Estado, modificadas por Orden PRE/2061/2009, de 23 de
julio.
Bases específicas
La presente orden se publicará en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es)
y en la página web de la Oficina Española de Patentes y Marcas (oepm.es).
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir nueve plazas de la Escala de Titulados
Superiores de Organismos Autónomos del MITC (especialidad Propiedad Industrial),
Código 5600, por el sistema general de turno libre.
La distribución por ramas y especialidades de las plazas convocadas es la siguiente:
Rama Técnica:
Especialidad mecánica: Tres plazas.
Especialidad eléctrica: Dos plazas.
Especialidad informática: Dos plazas.
(Para gestión y soporte de los procedimientos en materia de Propiedad Industrial).
En el caso de no cubrirse las plazas previstas para las especialidades mecánica o
eléctrica, las vacantes podrán ser cubiertas por aspirantes de la otra especialidad, según
la puntuación que hayan obtenido.
Rama Jurídica: Dos plazas.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta
convocatoria.
4. Titulación
Aspirantes que se presentan por la Rama Técnica: Estar en posesión, o en condiciones
de obtener el título de Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o Grado, en el ámbito de las
ciencias experimentales o de la técnica, al finalizar el plazo de presentación de instancias.
Aspirantes que se presentan por la Rama Jurídica: estar en posesión, o en condiciones
de obtener el título de Licenciado o Grado en Derecho, al finalizar el plazo de presentación
de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
Este requisito no
será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las
Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 y en el anexo del Real Decreto 543/2001,
de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y
sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el
derecho a la libre circulación de trabajadores, sólo podrán participar en este proceso
selectivo los aspirantes con nacionalidad española.
6. Solicitudes
6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en
el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en el Punto de
Acceso General (administracion.gob.es/PAG/modelo790).
6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) De modo telemático, haciendo uso del servicio para la Inscripción en Procesos
Selectivos del Punto de Acceso General (administracion.gob.es/PAG/ips). La presentación
por esta vía permitirá:
1. Inscripción en línea del modelo 790.
2. Anexar documentos a su solicitud.
3. Pago telemático de las tasas.
4. Registro electrónico de la solicitud.
b) De modo presencial, las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de
la Oficina Española de Patentes y Marcas, Paseo de la Castellana 75, Madrid, así como
en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de la Administración
General del Estado, y se dirigirán a la Dirección General de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, ...
6.5 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la presente orden en
el «Boletín Oficial del Estado»{del 10 al 29 de julio de 2015, a.i.} y se dirigirán a la Directora General de la Oficina Española
de Patentes y Marcas. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión
del aspirante.
6.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV
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