Primero. Convocatoria y normativa de aplicación. 1. La Dirección General de Migraciones convoca subvenciones para el desarrollo de los programas que se relacionan en el Anexo A, en régimen de concurrencia competitiva, las cuales se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por la Orden ESS/1423/2012 de 29 de junio, así como por lo dispuesto en esta Resolución. ...
Segundo. Objeto y financiación. 1. El objeto de estas subvenciones será fomentar el desarrollo de los programas que se mencionan en el Anexo A de esta convocatoria. ...
Tercero. Requisitos de las entidades beneficiarias. Las entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio.
Cuarto. Presentación de solicitudes. 1. De conformidad con el artículo 6 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 7 al 27* de julio de 2015, a.i.}
2. Las solicitudes se formularán en los modelos que se acompañan como Anexos I a VII, ambos inclusive, y estarán dirigidas a la Dirección General de Migraciones. Podrá solicitarse subvención, como máximo, para:
– Programas de Régimen General financiados exclusivamente con Presupuestos Generales del Estado: un programa en la prioridad A1 (Acogida integral) y un programa en la prioridad A2 (Equipamiento).
– Programas cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración: 5 programas
La cumplimentación de los Anexos I, II, III y, en su caso, IV se realizará a través del programa informático de solicitud de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, al que se podrá acceder en la siguiente dirección de Internet: www.meyss.es .
Una vez cumplimentadas las solicitudes deberán ser presentadas en el Registro de la sede de la Dirección General de Migraciones, C/ José Abascal, nº 39, 28003, Madrid, o en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañadas de los ficheros resultantes de su cumplimentación electrónica, en el soporte físico elegido.
Noveno. Plazo de ejecución. El plazo de ejecución de los programas subvencionados relacionados en el Anexo A, será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.
ANEXO A
Programas subvencionados
Marco de referencia de los programas
... se priorizarán aquellos programas que tengan en cuenta las características y necesidades específicas de mujeres, jóvenes, menores, personas mayores, personas analfabetas o con discapacidades, víctimas de tortura, de trata de seres humanos y de tráfico de personas, o con dificultades especiales de adaptación.
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