1. Convocatoria.
Se convoca la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional
para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales dirigida a comprobar la
formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas
normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias
previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o escuelas de
práctica jurídica debidamente acreditadas. Esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 18.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso
a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real
Decreto 775/2011, de 3 de junio, no contiene limitación alguna en el número de plazas.
La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el portal
web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) apartado «Trámites y gestiones
personales-Acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales de España», así como
en la página web del Consejo General de Procuradores de España.
2. Descripción de la evaluación.
La prueba de evaluación de la aptitud profesional se efectuará de conformidad con lo
establecido en la presente Orden de convocatoria y será única e idéntica para todo el
territorio español.
3. Programa de materias
El programa que ha de regir la evaluación se encuentra en el anexo II de la presente
convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias
necesarias para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales que serán objeto
de la evaluación.
4. Requisitos de los candidatos
Podrán concurrir a la prueba de evaluación quienes reúnan los siguientes requisitos a
la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y que deberán mantenerse
a lo largo de todo el proceso:
a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de
otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el
artículo 3 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las
profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto
775/2011, de 3 de junio, o en su caso, de las certificaciones sustitutorias.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión
de la credencial que acredite la homologación de su título al de Licenciado en Derecho o
Graduado en Derecho expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
b) Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de
competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales,
y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio
de Justicia y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte e inscritos en el Registro
Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 6 a 8 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso
a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real
Decreto 775/2011, de 3 de junio.
c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de
Procurador de los Tribunales.
Si en algún momento se tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no
cumple los requisitos exigidos en la convocatoria se acordará motivadamente su exclusión
del proceso.
5. Plazo y forma de presentación de las solicitudes y documentación
Quienes deseen participar en la prueba de evaluación para el acceso al ejercicio de la
procura deberán cumplimentar el modelo de solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría
de Estado de Justicia, que podrá descargarse en el portal web del Ministerio de Justicia y
que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria.
Quienes dispongan de DNI electrónico u otro certificado electrónico reconocido, podrán
cumplimentar por vía telemática la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Justicia
https://sede.mjusticia.gob.es, que quedará automáticamente incluida en una base de datos.
Aquellos aspirantes que no dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico
reconocido, deberán descargarse el modelo oficial de solicitud para presentarlo de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el
Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, número 8, 28012 Madrid, pudiendo
remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias
aludidas en el meritado artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En la solicitud de admisión se incluirá una declaración responsable referente al
cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere el apartado 4 de la presente convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes de participación en la evaluación será de treinta
días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».{del 31 de Julio al 4 de septiembre de 2015, a.i.}
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