1. Objeto de la convocatoria y finalidad de la subvención.
1. El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones a proyectos de
investigación fundamental orientada y acciones complementarias en el Reto de Seguridad y
Calidad Alimentaria, Actividad Agraria Productiva y Sostenible, Sostenibilidad de los
Recursos Naturales e Investigación Marina y Marítima, dentro del Programa Estatal de I+D+I
orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016.
2. De acuerdo con el artículo 5 de la Orden ECC/2098/2013, de 8 de noviembre, los
proyectos de investigación fundamental van dirigidos a fomentar la generación de
conocimiento, su aplicación y la innovación en todas sus dimensiones. Las acciones
complementarias son actuaciones de especial relevancia y amplio espectro asociadas a
programas y proyectos de I+D+I, recursos humanos o infraestructuras para el desarrollo y
ejecución de actividades no contempladas en los proyectos de investigación fundamental.
3. Beneficiarios. Requisitos.
1. Serán beneficiarios en esta convocatoria:
a) Para la realización de proyectos de investigación, los centros públicos de I+D+I de
investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas y el INIA
y, en el caso de subproyectos de un proyecto coordinado, todos los beneficiarios
establecidos en el artículo 2 de la Orden ECC/2098/2013, de 8 de noviembre.
b) Para la realización de acciones complementarias, los Centros públicos de I+D+I,
las Universidades privadas, los Centros privados de I+D+I sin ánimo de lucro, los Centros
Tecnológicos y los Centros de apoyo a la innovación tecnológica constituidos conforme al
Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros
Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se
crea el Registro de tales Centros, así como las Fundaciones y otras entidades privadas
con personalidad jurídica sin ánimo de lucro que realicen actividades relacionadas con el fomento, la gestión y la intermediación en el campo de la ciencia, la tecnología, la
investigación y la innovación.
Se excluyen expresamente las agrupaciones de interés económico, formadas por
empresas o empresas con otras entidades.
c) Para la realización de las acciones complementarias del tipo d) definidas en el
punto 1 del artículo 6 de esta Resolución, serán beneficiarios exclusivamente los Centros
públicos de I+D+I.
12. Formalización y presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes, así como del resto de documentación que
en cada caso sea exigible, será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la
publicación de la convocatoria. [BOE Núm. 160 Lunes 6 de julio de 2015]
2. La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse
obligatoriamente a través de la aplicación telemática habilitada para ello en el portal web
www.inia.es de la siguiente forma:
La presentación de la solicitud se efectuará a través de la cumplimentación por los
investigadores principales del formulario electrónico de solicitud correspondiente a cada
proyecto o subproyecto, disponible en el portal web www.inia.es. ...
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