lunes, 6 de julio de 2015

ayudas a la amortización de largometrajes. Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales

1. Objeto. Se convocan ayudas para la amortización de largometrajes, en sus modalidades general y complementaria, mediante régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.
La presente convocatoria se refiere a las películas estrenadas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 diciembre de 2013, ambas fechas incluidas.
3. Beneficiarios. Podrán percibir las ayudas objeto de la presente convocatoria las empresas productoras que cumplan los requisitos establecidos en la misma, así como en el artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, y demás normativa que resulte de aplicación.
4. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo máximo de presentación de solicitudes, conforme a los modelos previstos en los anexos I y II de la presente resolución, será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 7 al 21 de julio de 2015, a.i.}
8.2. Solicitudes y documentación.
1) La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura, conforme a los requisitos que la rigen (https://sede.mcu.gob.es/ ).

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