Objeto. El premio se otorgará, en régimen de concurrencia competitiva, para distinguir a aquellas personas, instituciones u organizaciones que hayan destacado a lo largo del tiempo en la defensa del entendimiento y concordia con los pueblos indígenas de América, en la protección de sus derechos y el respeto de sus valores.
Beneficiarios. Podrán ser candidatas al premio las personas físicas mayores de edad, las personas jurídicas, o instituciones del ámbito iberoamericano, que reúnan los méritos descritos en el párrafo anterior y sean propuestas de acuerdo con lo estipulado en la Orden AEC/1508/2012, de 21 de junio.
Presentación de candidaturas.
El plazo para la presentación de candidaturas será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 9 de marzo al 8 de mayo de 2014, a.i.}
Podrán presentar candidaturas al premio, las personas físicas, organizaciones indígenas, universidades, academias, organizaciones no gubernamentales e instituciones vinculadas al mundo indígena, de acuerdo con lo establecido en la base quinta de la Orden AEC/1508 /2012, de 21 de junio. ...
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