sábado, 22 de marzo de 2014

subvenciones a Acciones de Cooperación para el Desarrollo correspondientes al año 2014 para la realización de proyectos de innovación para el desarrollo.

Primero. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a Acciones de Cooperación para el Desarrollo, correspondiente al año 2014, de acuerdo con la Orden AEC/2909/2011, de 21 de octubre, y con el contenido de la presente, que incluirá una única línea financiable para la realización de proyectos de innovación para el desarrollo.
El IV Plan Director, de acuerdo con el posicionamiento de diversas instancias internacionales, apuesta por estrategias diferenciadas basadas en un modelo horizontal de cooperación, ante la diversidad y heterogeneidad de los Países de Asociación de la Cooperación Española. Entre otras cuestiones, esta diferenciación implica un renovado impulso a la innovación desde una concepción integral, englobando tanto ciencia y tecnología como innovación social y empresarial. Esta visión multidimensional de la innovación permite fortalecer la interrelación entre tejido productivo, conocimiento y políticas públicas con el fin de crear valor compartido para el desarrollo a partir del concurso de diversos actores y el establecimiento de redes y alianzas.
La presente convocatoria pretende contribuir al desarrollo y a la reducción de la pobreza mediante el apoyo a iniciativas innovadoras en los Países de Asociación de acuerdo con las prioridades de la política de Cooperación Española definidas en el IV Plan Director, así como en los instrumentos de planificación geográfica y sectorial, en especial los Marcos de Asociación País (en adelante MAP) y los Planes de Actuación Sectorial de la AECID (en adelante PAS).
En concreto, la innovación en la lucha contra la pobreza y el fomento de un desarrollo humano sostenible se articulará en la presente convocatoria a través de iniciativas sostenibles y potencialmente replicables a mayor escala con el fin de lograr un impacto positivo en las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas y que forman parte de la base de la pirámide en los Países de Asociación.
Segundo. Aprobar las siguientes bases específicas de la presente convocatoria:
I. Objeto y finalidad. I.1 Objeto. La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de proyectos que impulsen, en los Países de Asociación de la Cooperación Española, soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala buscando un impacto positivo y relevante en las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas y en la cohesión social. Los proyectos abordarán problemas sociales, económicos, medioambientales y de la agenda de desarrollo de forma integrada y con un enfoque innovador yendo más allá del ámbito meramente tecnológico.
I.2 Finalidad. La finalidad de los proyectos de innovación para el desarrollo es la promoción de un modelo de desarrollo humano sostenible, equitativo y respetuoso con los derechos humanos, la igualdad de género y el medio ambiente, basado en el conocimiento, el incremento de la productividad, la competitividad y la cohesión social.
II. Prioridades de la Cooperación Española. Prioridades temáticas y prioridades geográficas de esta convocatoria
II.1 Prioridades de la Cooperación Española. La presente convocatoria se inscribe en la Política Española de Cooperación al Desarrollo definida en el IV Plan Director y en los documentos estratégicos, con especial atención a los contenidos establecidos en los MAP para aquellos países en los que hayan sido aprobados y en los Documentos de Estrategia País (DEP) y Planes de Actuación Especial (PAE) para el resto. Estos documentos informarán la aprobación de los proyectos presentados a esta convocatoria (documentos disponibles en www.aecid.es y www.maec.es).
II.2 Prioridades temáticas. El IV Plan Director establece 8 Orientaciones de la Cooperación Española. De cada una de estas Orientaciones se desprenden varias Líneas de Acción que proporcionan un marco más específico de características comunes con elementos sectoriales.
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III. Adjudicatarios y requisitos. III.1 Adjudicatarios. A la presente convocatoria se puede concurrir individualmente o en consorcio, siendo esta segunda opción especialmente apta para fomentar la innovación. La presente convocatoria promueve el establecimiento de agrupaciones, así como el trabajo en red y en alianza, con el fin de aprovechar las potencialidades de cada uno de los siguientes actores, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en los apartados III.2.1 y III.2.2 de la presente base:
– Entidades del sector privado empresarial (empresas, empresas sociales, asociaciones empresariales y otros análogos).
– Entidades del sector social (fundaciones, asociaciones y otros análogos).
– Entidades del ámbito académico y de la investigación (universidades, centros de investigación y otros análogos, tanto públicos como privados).
Quedan excluidos como posibles adjudicatarios las Administraciones Públicas y cualquier entidad en la que una Administración Pública participe en el capital social o en el patrimonio de la misma, excepto en el caso de las universidades, de los centros de investigación y otros análogos, según se prevé en el párrafo anterior. 
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IV. Solicitud y plazo de presentación, documentación y subsanación de errores. IV.1 Solicitud y plazo de presentación.
IV.1.1 Modelo y presentación de solicitudes. Los modelos de la solicitud y del formulario estarán disponibles para su consulta desde el día de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria, en formato PDF, en el apartado «Subvenciones para Acciones de Cooperación para el Desarrollo» de la Sede Electrónica de la AECID, accesible desde la página www.aecid.gob.es
La aplicación para la presentación de solicitudes se abrirá 30 días naturales después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria, en el mismo apartado de la Sede Electrónica de la AECID.{del 22 de marzo al 20 de abril de 2014, a.i.}
El número de propuestas que cada entidad puede presentar a esta convocatoria, directamente o bajo las fórmulas de agrupación, contratación o subcontratación, no podrá ser superior a uno.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1.a) de la Orden AEC/2909/2011, de 21 de octubre, para ser admitidos a la convocatoria, los documentos de formulación deberán estar grabados y enviados antes de la finalización del plazo de presentación establecido en el apartado IV.1.2 de la presente convocatoria.
La solicitud se presentará con firma electrónica del representante legal de la entidad o agrupación solicitante. La solicitud realizada por éste a través de la Sede Electrónica de la AECID no precisa ser acompañada de la presentación en papel a través de los registros que se indican en los siguientes párrafos.
Excepcionalmente, en el caso de no disponer el representante legal de firma electrónica, se podrá presentar la solicitud impresa, firmada por el representante legal de la entidad o agrupación, a cuya impresión se tendrá acceso desde la misma página de formulación de la propuesta, tras ejecutar la opción de envío telemático de la formulación.
La presentación de la solicitud impresa, obtenida a través de la plataforma que se ha indicado para los modelos de formulación de propuestas, se efectuará remitiéndola al Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por cualquiera de los siguientes medios:
a. En el Registro General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Avda. Reyes Católicos, n.º 4, 28040 Madrid).
b. En las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
c. En las oficinas de Correos de España, con el sobre abierto para que pueda ser sellada la solicitud con la fecha de presentación, del modo que se indicará en las propias oficinas de Correos.
d. Por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
e. Las solicitudes procedentes del extranjero podrán presentarse en los Registros de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España, o en los Registros de las Unidades de la AECID en el exterior (Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros Culturales y Centros de Formación). Deberá figurar en la solicitud el sello de entrada, que determinará la fecha de su presentación.
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IV.1.2 Plazo de presentación. En virtud de lo establecido en el artículo 7.3.c) de la Orden AEC/2909/2011, de 21 de octubre, el plazo de presentación de solicitudes se abrirá 30 días naturales después de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria y finalizará 60 días naturales después de dicha fecha de publicación, contados a partir del siguiente al de la publicación.{del 21 de abril al 19 de junio de 2014, a.i.} El límite para la presentación telemática de la formulación serán las 24.00 horas, hora española, del día establecido. En cuanto a la presentación de la solicitud impresa, la fecha límite será considerada respecto del horario de cierre de los registros y oficinas mencionados en el apartado IV.1.1.

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