1. Objeto. 1. Esta convocatoria tiene por objeto promover la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a mejorar la dotación de las entidades locales incluidas en la relación de municipios designados como «municipios Zona I» y como «sedes de estaciones de clasificación y descontaminación» o «áreas base de recepción social» en los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares (PEN), con el fin de contribuir a hacer efectivas las previsiones de actuación contenidas en los correspondientes Planes de Actuación Municipal de Emergencia Nuclear (PAMEN).
2. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se destinarán a sufragar los gastos derivados de los siguientes proyectos:
a) Proyectos destinados a la instalación y/o renovación de los sistemas de comunicaciones y avisos a la población que pueda verse afectada en caso de emergencia nuclear, con el fin de garantizar que se avise a toda la población afectada de un modo rápido y eficaz.
b) Proyectos destinados a equipamiento y/o renovación de los centros de coordinación operativa municipal (CECOPAL), con el fin de que se dispongan de los medios adecuados para hacer frente a los efectos de una emergencia nuclear.
c) Proyectos destinados a la adquisición de medios para su utilización por los servicios municipales, con excepción de vehículos todoterreno o similares, necesarios para una gestión adecuada de la emergencia, según lo establecido en el correspondiente Plan Municipal de Emergencia Nuclear.
d) Proyectos destinados a acondicionamiento de infraestructuras (carreteras, vías de salida y acceso a la población y calles de los propios municipios) con el fin de facilitar la evacuación de personas en caso de emergencia nuclear, así como el acceso a los equipos y medios necesarios.
e) Proyectos destinados a equipamiento y/o renovación de las Estaciones de Clasificación y Descontaminación (ECD) existentes o adquisiciones de ECD portátiles.
f) Material y equipos para facilitar la información de los ciudadanos y la formación teórico-práctica del personal de los servicios municipales que deban intervenir en caso de emergencia nuclear, según lo establecido en el Plan Municipal correspondiente.
4. Beneficiarios.1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente disposición las entidades locales definidas expresamente como tales en la legislación estatal vigente en el momento de entrada en vigor de esta Resolución, siempre que se trate de entidades incluidas en la relación de municipios designados como «municipios Zona I» y como «sedes de estaciones de clasificación y descontaminación» o «áreas base de recepción social» en los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares (PEN) de Santa María de Garoña (PENBU); Almaraz (PENCA); José Cabrera y Trillo (PENGUA); Ascó y Vandellós (PENTA), y Cofrentes (PENVA).
2. Los interesados sólo podrán presentar una solicitud de subvención en el marco de esta convocatoria. Esa solicitud, además, sólo podrá incluir un tipo de proyecto entre los seis definidos expresamente en el artículo 1.2 de esta Resolución.
5. Plazo de presentación de las solicitudes. 1. Los interesados formularán sus solicitudes de ayuda en el modelo Anexo de la Orden INT/2027/2012, de 21 de septiembre, disponible en la página web de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, o en las dependencias de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno correspondientes a las provincias donde radican las entidades locales que se encuentran en el ámbito de aplicación de esta convocatoria. [www.proteccioncivil.es]
2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de marzo al 14 de abril de 2014, a.i.}
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