martes, 14 de febrero de 2012

se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster y de Doctorado

Orden ECD/250/2012, de 31 de enero, por la que se modifica la Orden EDU/3320/2011, de 1 de diciembre, por la que se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster y de Doctorado.
Por Orden EDU/3320/2011, de 1 de diciembre, publicada en «Boletín Oficial del Estado» de 3 de diciembre de 2011, se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster y de Doctorado.
Con el fin de adecuar el gasto consignado en dicha Orden al Convenio de colaboración a suscribir entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), procede su modificación para ajustar los créditos presupuestarios a los ejercicios correspondientes.
Asimismo, se actualizan los plazos de presentación de solicitudes y advertido error en el apartado 5 del artículo 3 de la misma, se procede a su corrección.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación Orden EDU/3320/2011, de 1 de diciembre.
Se modifica la Orden EDU/3320/2011, de 1 de diciembre, por la que se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster y de Doctorado, en los siguientes términos:
Uno. Se suprime el apartado 5 del artículo 3, Cuantía del préstamo.
Dos.El apartado 4 del artículo 4, Procedimiento para la presentación de solicitudes y plazo, queda redactado como sigue:
«4. El plazo para solicitar los préstamos será desde el 1 de abril de 2012 al 29 de junio de 2012 o hasta el agotamiento de la cantidad destinada a este programa, si ésta es anterior, en las cuantías señaladas en el artículo 6 de la presente Orden.»
Tres. El apartado 1 del artículo 6, Procedimiento de concesión y formalización, queda redactado como sigue:
«1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el ICO procederán a la firma de un Convenio de Colaboración por el que se pondrá a disposición de la línea de Préstamos Universidad para el curso académico 2011-2012 el importe de 45.000.000,00 de euros provenientes de la partida presupuestaria 18.07.322C.831.08 de los Presupuestos Generales del Estado de 2012.
Por otra parte y con el fin de subvencionar parcialmente los préstamos concedidos con una ayuda por la cantidad que resulte de aplicar durante los años de carencia el tipo de interés fijado para cada modalidad de plazo, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.322C.785 se abonarán al ICO el importe correspondiente a la bonificación de intereses de los préstamos por un máximo de 6.800.000,00 euros, con la siguiente distribución por ejercicios: 4.000.000,00 euros en 2012 y 2.800.000,00 euros en 2013.»

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