miércoles, 17 de abril de 2013

2 plazas de Inspector de la Policía Local, (A2). BASES. Ajuntament de Torrevieja (Baix Segura/Vega Baja-Alacant)

AYUNTAMIENTO TORREVIEJA. -APROBACIÓN BASES Y CONVOCATORIA 2 PLAZAS DE INSPECTOR POLICÍA LOCAL-OEP 2004 Y 2005   página 49  [butlletí oficial de la província - alacant, 17 abril 2013 - n.º 71]

«BASES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER EN PROPIEDAD DOS PLAZAS DE INSPECTOR DE LA POLICIA LOCAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO E INCLUIDAS UNA DE ELLAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DEL AÑO 2004, Y LA PLAZA RESTANTE EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2005.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1. El objeto de la presente convocatoria de pruebas selectivas, es la provisión en propiedad de dos plazas de Inspector de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, e incluidas una de ellas en la oferta pública de empleo correspondiente al año 2004, y la plaza restante en la oferta pública de empleo correspondiente año 2005.
1.2. Estas dos plazas de Inspector están clasificadas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local y sus auxiliares, encuadrada en la Escala Técnica, Categoría Inspector, Grupo B, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso.
Están dotadas con las retribuciones básicas establecidas para el Grupo B, y las complementarias que correspondan de conformidad con la legislación vigente y acuerdos municipales.
1.3. La provisión de una de estas plazas se efectuará mediante el procedimiento de promoción interna, mediante el sistema de Concurso-Oposición, y la provisión de la plaza restante se efectuará por el turno libre, mediante el sistema de oposición; tal y como dispone el Anexo III del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas ycategorías de las policías locales y auxiliares de policía local de la Comunidad Valenciana.
1.4. En el supuesto de que la plaza convocada por el turno de promoción interna no fuera cubierta por dicho turno, incrementará el turno libre.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de las detalladas en la letra e), que habrá de referirse al momento de terminación de las pruebas selectivas con la publicación de la lista de aprobados.

2.2. TURNO LIBRE. El acceso por turno libre a las Escalas Superior y Técnica de los Cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Valenciana, se realizará por oposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 33/1999, de 9 de marzo del Gobierno Valenciano, y los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión de la titulación académica, o equivalente, requerida para cada Escala en el artículo 21 de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de la Generalitat Valenciana, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, o tener cumplidas las condiciones para obtenerla en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros y baremos de exclusiones médicas contenidos en el ANEXO de la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.
d) Tener cumplidos dieciocho años y no faltar menos de diez años de la edad que se establezca para la jubilación, edades ambas referidas al día que finalice el plazo de presentación de instancias.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B, con un año de antigüedad, y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
3. INSTANCIAS. 3.1. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, sin que sea necesario el abono de ningún tipo de tasa para participar en estas pruebas selectivas.
3.2. Se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de este Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
3.3. Los solicitantes manifestarán en sus instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2 referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de las mismas, y que se comprometen a prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1.979, indicando, además, si concurren al turno de promoción interna o al turno libre.
3.4. Los solicitantes deberán unir a la instancia, original o fotocopia compulsada de los documentos que hayan de ser valorados en el concurso, según lo dispuesto en el Anexo de esta convocatoria. No se tendrá en cuenta mérito alguno que no se acredite en ese momento.
La totalidad de los méritos alegados, y cualesquiera otros datos que se aporten, deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

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