Resolución de 6 de marzo de 2015, de la Dirección General de la MarinaMercante, por la que se convocan pruebas sobre conocimiento de la legislación marítima española para el año 2015 y se actualiza su contenido.
Primero.
Podrán participar en la presente convocatoria los ciudadanos nacionales de los
siguientes países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, que hayan
obtenido su titulación profesional en algunos de ellos: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria,
Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia,
Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia,
Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia, Noruega, Islandia,
Liechtenstein y Suiza.
También podrán participar en la presente convocatoria los ciudadanos españoles y
los ciudadanos de la Confederación Suiza que posean la mencionada titulación
profesional, expedida igualmente en cualquier país del Espacio Económico Europeo.
Asimismo y a los efectos del apartado 2 del Artículo 2 de la Orden FOM/2285/2004,
de 28 de junio, también podrán participar en esta convocatoria, los ciudadanos españoles
que hayan obtenido la titulación profesional en la República de México, República
Argentina, República de Chile, República del Perú, República de Cuba, República de
Ecuador, República de Uruguay, Republica de Ghana, República Árabe de Egipto, San
Vicente y Granadina y Georgia.
Los interesados en participar en la prueba convocada formularán solicitud al efecto
según el modelo del anexo I, y la presentarán en la Dirección General de la Marina
Mercante, en cualquier Capitanía Marítima, o bien en los lugares indicados en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Segundo.
A esta solicitud se acompañará:
a) Titulación profesional expedida por la Administración Marítima, en la que figure el
refrendo internacional de conformidad con el Convenio STCW/78 enmendado.
b) Justificante de pago de la tasa por derechos de examen, establecida en la Ley
66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en
su artículo 18, párrafo siete, tarifa sexta, serán las vigentes para el año 2015.
c) Una fotocopia del documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o
pasaporte, en vigor, o el consentimiento expreso del interesado para que sus datos de
identidad puedan ser consultados, todo ello en virtud de lo dispuesto en la Orden
PRE/3949/2006, de 26 de diciembre.
Tercero.
Las pruebas se realizarán en tres convocatorias durante el 2015, en las fechas
indicadas en el anexo II.
Marzo:
Inicio de matrícula: 20 de marzo de 2015.
Cierre de matrícula: 20 de abril de 2015.
Inicio de exámenes a partir de: 30 de abril de 2015.
Junio:
Inicio de matrícula: 14 de mayo de 2015.
Cierre de matrícula: 15 de junio de 2015.
Inicio de exámenes a partir de: 26 de junio de 2015.
Noviembre:
Inicio de matrícula: 15 de septiembre de 2015.
Cierre de matrícula: 15 de octubre de 2015.
Inicio de exámenes a partir de: 12 de noviembre de 2015.
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