viernes, 29 de julio de 2016

bolsa de trabajo de (50) Auxiliar de información, ( C2), para la Diputación de Valencia

ANUNCIO
Por Decreto núm. 6000 de fecha 27 de julio  de 2016  la Presidencia de esta Corporación ha dispuesto convocar un proceso selectivo para la formación de una bolsa de trabajo de cincuenta (50) Auxiliares de Información, de conformidad con las siguientes: BASES
Base primera. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa de trabajo  para el desempeño provisional de puestos de auxiliar de información, subgrupo de clasificación C2, para la  Diputación de Valencia.
Base segunda. Funciones.
-Proporcionar información general a través de los canales telefónico, presencial y telemático.
-Gestión de trámites administrativos orientados al ciudadano a través del canal telefónico y presencial.
-Gestión de contenidos web: actualización de los contenidos de la web de la Diputación de Valencia.
-Atención de incidencias informáticas de los Ayuntamientos.
-Atención telefónica al contribuyente y a los ayuntamientos y atención de incidencias informáticas relacionadas con las oficinas tributarias.
Base tercera. Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes. Para tomar parte en esta convocatoria será necesario:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea. Igualmente será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria, o titulación equivalente o en condiciones de obtenerla en la fecha  en  que termine el plazo de presentación de solicitudes.
f) Estar en posesión del certificado del grau mitjà de valencià expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o el nivel de valenciano C1 según el Marco Común Europeo de Referencia, o en condiciones de obtenerlo en la fecha  en  que termine el plazo de presentación de solicitudes.
La equivalencia en las titulaciones señaladas en los párrafos anteriores deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
Toda la documentación acreditativa tanto del cumplimiento de los requisitos de participación como de los méritos que, en su caso, se aleguen deberá estar redactada en cualquiera de los dos idiomas cooficiales en el ámbito de la Comunitat Valenciana. En el caso de documentos expedidos en otras lenguas, éstos deberán presentarse traducidos por traductor jurado.
El incumplimiento por parte de los aspirantes de estos requisitos y condiciones comportará la exclusión del proceso de selección.
Base cuarta. Solicitudes y admisión de aspirantes. En las solicitudes para tomar parte en el presente proceso, que deberán estar debidamente cumplimentadas, las personas aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base tercera, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, y serán dirigidas al Sr. Presidente de la Diputación, y se deberán presentar en su Registro General (Palacio de la Batlía, calle Serranos, núm. 2, Valencia) o en los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 30 de julio al 17 de agosto de 2016, a.i.}
La solicitud para tomar parte en el presente proceso deberá rellenarse preferentemente por medios telemáticos a través del trámite que se encuentra en la página web, www.dival.es/personal. Una vez cumplimentada, deberá ser impresa, firmada y presentada en formato papel en el  plazo fijado al efecto y en los lugares descritos en el párrafo anterior. Las solicitudes generadas telemáticamente y que no sean presentadas en los lugares y modo previstos, no conferirán derecho alguno para el solicitante.
Asimismo el personal  aspirante podrá utilizar el modelo original de solicitud en papel que se encuentra en el Registro General de la Diputación de Valencia o en el Punto de Atención e Información  de Personal (calle Hugo de Moncada nº 9 Valencia).

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