viernes, 25 de diciembre de 2009

ayudas a confederaciones, federaciones y asociaciones vecinales de la Comunitat Valenciana en el ejercicio 2010

Conselleria de Solidaritat i Ciutadania . ORDE de 21 de desembre de 2009, de la Conselleria de Solidaritat i Ciutadania, per la qual s'establixen les bases i es convoquen les ajudes a confederacions, federacions i associacions veïnals de la Comunitat Valenciana en l'exercici 2010. [2009/14755] (pdf 1.106KB) pàgina 46.556
ORDEN de 21 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, por la que se establecen las bases y se convocan las ayudas a confederaciones, federaciones y asociaciones vecinales de la Comunitat Valenciana en el ejercicio 2010. [2009/14755]
Convocatoria.- Convocar las ayudas destinadas a Confederaciones, Federaciones y Asociaciones Vecinales de la Comunitat Valenciana, para gastos de funcionamiento que les permita la realización de actividades que fomenten la participación ciudadana, con una distribución económica diferenciada destinada para Confederaciones y Federaciones Vecinales, y para Asociaciones Vecinales.
Bases .- Se aprueban las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como Anexo I de la presente orden, y el Modelo de solicitud para las citadas ayudas y documentos relacionados, incluidos como Anexo II.


ANEXO I - Bases de la convocatoria
Objeto.- La presente convocatoria tiene como objeto apoyar económicamente a entidades vecinales para:
– Diseñar y ejecutar acciones participativas.
– Fomentar el asociacionismo como forma de coordinación para la defensa de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas a través de entidades vecinales.
– Ayudar a estructurar los canales de relación interna y externa de las entidades, mejorando su capacidad para desarrollar su proyecto asociativo y las actividades derivadas.
– Permitir una mayor relación de las entidades vecinales con su entorno, facilitando la integración social y haciendo más visibles sus actuaciones y finalidades.
– Fomentar el trabajo en red con otras entidades para el logro de intereses comunes y de optimización de recursos, medios e información.
– Fomentar la corresponsabilidad entre las entidades y la administración en la financiación de los proyectos.
Beneficiarias.- 1. Pueden concurrir a la presente convocatoria las confederaciones, federaciones, asociaciones vecinales de la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y que estén inscritas en el Registro de Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana y, con anterioridad al 1 de enero del año 2009 en el Registro Nacional de Asociaciones o en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana o en aquellos registros especiales establecidos por la normativa vigente.

Actuaciones subvencionables.- Cada entidad solicitante presentará un solo proyecto, de forma individual o de forma conjunta con otras entidades, que incluya acciones y actividades que promuevan la participación ciudadana a través de la utilización de un mayor número de herramientas de entre las siguientes: el trabajo en red, la formación, la difusión, la comunicación, la investigación social, el uso de las nuevas tecnologías y otros instrumentos de conformidad con lo previsto en la bases primera y sexta de la presente orden.
Serán subvencionables los gastos de funcionamiento de la entidad para la realización del proyecto presentado. Entre estos gastos se pueden contemplar nóminas del personal de la propia entidad, imputables a la realización del proyecto, así como gastos derivados de la realización del mismo (actividades recreativas o lúdicas) en los porcentajes que recoge la base octava.
Los programas que se subvencionen necesariamente deberán realizarse a lo largo del año 2010.
Formalización de solicitudes y plazo de presentación.-
1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 13 de enero de 2010.
2. La solicitud, se remitirán a la Dirección General de Ciudadanía e Integración de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía (Plaza San Nicolás, 2, 46001-Valencia). También podrá presentarse en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
«La solicitud también podrá presentarse por vía telemática en el Portal de la Generalitat(
http://www.gva.es/ ) accediendo a los apartados “Administración On line”-”Guía Prop”.»

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia