miércoles, 23 de diciembre de 2009

ayudas a entidades ciudadanas de la C.V. para que diseñen y pongan en práctica fórmulas de participación ciudadana dirigidas a segmentos de población

Conselleria de Solidaritat i Ciutadania. ORDE de 21 de desembre de 2009, de la Conselleria de Solidaritat i Ciutadania, per la qual s'establixen les bases i es convoquen les ajudes a entitats ciutadanes de la Comunitat Valenciana perquè dissenyen i posen en pràctica fórmules de participació ciutadana dirigides a segments de població amb més dificultats per a participar per a l'exercici 2010. [2009/14746] (pdf 1.125KB) pàgina 46.350
ORDEN de 21 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, por la que se establecen las bases y se convocan las ayudas a entidades ciudadanas de la Comunitat Valenciana para que diseñen y pongan en práctica fórmulas de participación ciudadana dirigidas a segmentos de población con más dificultades para participar para el ejercicio 2010. [2009/14746]
Convocatoria.- Convocar las ayudas destinadas a las entidades ciudadanas de la Comunitat Valenciana, para que diseñen y pongan en práctica fórmulas de participación ciudadana dirigidas a segmentos de población con más dificultades para participar.
ANEXO I - Bases de la convocatoria
Primera. Objeto.- La presente convocatoria tiene como objeto apoyar económicamente a entidades ciudadanas para que diseñen y pongan en práctica fórmulas de participación ciudadana dirigidas a segmentos de población con más dificultades para participar (jóvenes, tercera edad, mujeres, discapacitados, ciudadanos procedentes de otros países…) que permitan:
– Fomentar el asociacionismo como forma de integrar a los ciudadanos y ciudadanas en la sociedad a través de entidades representativas de diversos intereses generando una cultura participativa.
– Ayudar a estructurar los canales de relación interna y externa de las entidades, mejorando su capacidad para desarrollar su proyecto asociativo y las actividades derivadas.
– Permitir una mayor relación de las entidades con el sector de la población a la que se dirige haciendo más visibles sus actuaciones y finalidades.
– Fomentar la cooperación interasociativa o el trabajo en red para el logro de intereses comunes.
– Favorecer la integración de los sectores de la población más desfavorecidos a través de acciones como formación y asesoramiento para la concesión de microcréditos.
– Fomentar la corresponsabilidad entre las entidades y la administración en la financiación de los proyectos.
Segunda. Beneficiarios y beneficiarias.- 1. Entidades que pueden concurrir:

Pueden concurrir a la presente convocatoria las confederaciones, federaciones, asociaciones y fundaciones de la Comunitat Valenciana o las que demuestren actividad regular en esta Comunidad Autónoma, que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la presente convocatoria, y que estén inscritas en el Registro de Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, y además, con anterioridad al 1 de enero del año 2009, en el Registro Nacional de Asociaciones o en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana o en aquellos registros especiales establecidos por la normativa vigente, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no incurriendo en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiarios de subvenciones, establece el Artículo 13 de dicha ley. Las entidades solicitantes deben estar adaptadas, en el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones,
al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/02 de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación, y, en el caso de fundaciones a la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones.

Formalización de solicitudes y plazo de presentación.- 1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 12 de enero de 2010.
2. La solicitud, se remitirán a la Dirección General de Ciudadanía e Integración de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía (Plaza San Nicolás, 2, 46001-Valencia). También podrá presentarse en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La solicitud también podrá presentarse por vía telemática en el Portal de la Generalitat (
www.gva.es ) accediendo a los apartados “Administración On line”-“Guía Prop”.

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